¿Vendo ya la casa o espero a 2015?

calendarioCuando un propietario vende su vivienda y al hacerlo gana dinero, Hacienda se queda con una parte de esos beneficios. Así de sencillo. Teniendo en cuenta que es más que posible que cambie la forma de calcular esos impuestos a pagar —el Gobierno ha aprobado un Proyecto de Ley de Reforma Fiscal—, si la decisión de vender una casa o un local se tomara exclusivamente por criterios tributarios…¿habría que hacerlo antes de que acabara el año o mejor esperar a 2015, incluso a 2016? Dicen los expertos que ojalá fuera sencilla y clara la respuesta, pero no lo es. Cada caso y cada casa es diferente, pero para saber cuál es el momento más conveniente es importante tener en cuenta un par de aspectos: al año de compra de la vivienda que se quiere vender y qué se va a hacer con el dinero obtenido en la transacción.

A efectos fiscales da igual vender en 2014, 2015 o 2016 si lo que se obtiene con la venta de la vivienda habitual (importe total de la transmisión en palabras de Hacienda) se reinvierte (en un plazo de hasta dos años, antes o después) en la compra de otra vivienda habitual. No hay, por tanto, incentivo ni penalización fiscal por hacerlo en una fecha o en otra. La decisión de vender debe tomarse por otros criterios: necesidad de más espacio, dificultades de pago, cambio de domicilio, expectativas de precio, etcétera. «También da igual vender en un año o en otro si lo que se obtiene con la operación no son precisamente beneficios, sino pérdidas. No hay que olvidar que los precios actuales de la vivienda están en niveles similares a los de 2002 y 2003», añade Fernando Encinar, cofundador y jefe de estudios del portal inmobiliario idealista.com.

Las cuestiones fiscales, por tanto, afectan sobre todo a tres colectivos de propietarios: a quienes no venden una vivienda habitual (una segunda residencia de la playa, la montaña o el campo), a quienes no tienen intención de reinvertir la cantidad obtenida en la venta en la compra de otra y a quienes realizan la venta de un inmueble pero agotan el plazo de dos años para comprar otra. Para todos estos casos, el proyecto de Ley de Reforma Fiscal presentado por el Gobierno cambia radicalmente la tributación de las ganancias obtenidas en la venta de las propiedades.

Los que compraron la casa antes de 1994 deben venderla ya para no perder los beneficios fiscales acumulados

Por un lado, la reforma ‘mima’ a los propietarios que vendan en 2015 o 2016. Simplemente porque rebaja los tipos impositivos que se aplicarán sobre las ganancias de un máximo del 27% actual a otro del 23% o de un mínimo del 21% a otro del 19%. Además, deja de tener importancia el tiempo que haya estado la vivienda en poder del comprador (lo que no ocurre en 2014, que diferencia entre más o menos de un año).

Por otro lado, ‘castiga’ a los propietarios que vendan en 2015 o 2016. Simplemente porque elimina los llamados coeficientes monetarios sobre el precio de compra que a día de hoy (y hasta finales de año) permiten actualizar el precio de adquisición de las viviendas, es decir, corregirlo al alza (y con ello reducir las ganancias por las que se deben pagar impuestos).

Además, y aunque exclusivamente afecta a los propietarios de viviendas adquiridas con anterioridad al 31 de diciembre de 1994, borra de la legislación los llamados coeficientes de abatimiento que permiten reducir las ganancias fiscales acumuladas hasta el 20 de enero de 1996 en un 11,11% anual.

La reforma da una de cal y otra de arena que complica las decisiones y, una vez más, introduce el peso de la fiscalidad en el mercado inmobiliario.

Para el resto, hay que hacer cuentas: depende de la fecha de compra y, sobre todo,  tener en cuenta las ganancias obtenidas

«Cada caso necesita de un análisis individual pero, a grandes rasgos, resultará más beneficioso vender en 2014 viviendas adquiridas antes de 1994 (para utilizar la exención acumulada del 11,11% anual) y los inmuebles con mayor antigüedad desde esa fecha y hasta hoy (por la aplicación de los coeficientes monetarios). Puede llegar a compensar [hay que hacer previamente el cálculo de los impuestos a pagar en 2014 o 2015] negociar una bajada en el precio de la vivienda para cerrar la operación antes de que termine el año», explica Paula Satrústegui, directora de planificación financiera de Abante Asesores.

Y sobre el posible impacto en los precios también hace hincapié Luis del Amo, gerente y secretario técnico de Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF): «Si finalmente se pone en marcha esta nueva normativa fiscal se deja a los propietarios de viviendas antiguas (las adquiridas antes de 1994) con un estrecho margen de maniobra. Prácticamente se les empuja a vender para no perder los beneficios fiscales que hasta ahora habían consolidado. Los precios de las viviendas pueden, por tanto, caer a corto plazo y, en 2015, simplemente quedarse el mercado parado».

A pesar de la caída de precios de los últimos años, los propietarios más o menos recientes (a partir de 2005-2006) que consigan vender su vivienda con beneficios tributarán menos en 2015 que si lo hacen en 2014 (por la reducción de tipos impositivos). «No es un grupo muy numeroso de propietarios los que conseguirán esta mejora. La realidad es que la nueva reforma fiscal no es beneficiosa para la ciudadanía porque ataca al ahorro de los españoles; tiene un afán claramente recaudatorio y la política de comunicación sobre la misma ha sido prácticamente nula. Se empuja a vender en poco tiempo a muchos propietarios [piénsese en casas antiguas que se heredarán en el futuro] lo que aumenta su riesgo de no hacerlo en las condiciones y precios mínimamente exigibles», añade Encinar.

La conclusión es, por tanto, que no hay una regla fija para considerar cuándo es el mejor momento para vender. En principio, para las viviendas de más antigüedad puede resultar más rentable desde un punto de vista fiscal, su venta en 2014 porque los coeficientes de inflación y de abatimiento compensan los mayores tipos de tributación. Para las viviendas adquiridas más recientemente no siempre resultará mejor vender en 2014. Dependerá de su fecha de compra (gozarán de un mayor o menor coeficiente de actualización) y muy especialmente del importe de las ganancias obtenidas.

Fuente: Elpais.com (5/10/14)

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