Ultimátum de Díaz a la CEOE: bajada automática de la jornada y prohibición de horas extra en el tiempo parcial salvo que negocien

El Gobierno envío este viernes a sindicatos y patronales su propuesta para reducir la jornada laboral máxima legal -de 40 horas semanales a 38,5 horas este año y 37,5 horas desde el 1 de enero de 2025- en lo que se percibe como un ultimátum a la CEOE y Cepyme: o negocian para conseguir mejoras en el texto o el cambio se aprobará sin ninguna flexibilidad.

El documento, de 7 páginas y al que ha tenido acceso EL MUNDO, recoge primero un resumen de las medidas -sobre la jornada y sobre el resisto horario- y a continuación incluye un borrador de anteproyecto de ley. Entre los cambios legislativos propuestos figura la entrada en vigor desde el día siguiente a la publicación del decreto en el Boletín Oficial del Estado de la bajada de la jornada a 38,5 horas -algo que las empresas tendrán que aplicar de forma inmediata– y que a partir de enero del año próximo pasará a 37,5 horas.

No se contempla ningún tipo de flexibilidad en función de los sectores o las empresas, tal y como habían pedido las patronales, para intentar así obligarles a hacer contrapropuestas y negociar mejoras a este punto de partida. El Ejecutivo sabe que dentro de la patronal hay sectores que están pidiendo al presidente de CEOE, Antonio Garamendi, que negocie para conseguir la mayor flexibilidad posible, a pesar de que públicamente él ha señalado que la patronal «no sale a jugar un partido» que ya sabe que «va a perder 5 a 0».

Fuentes conocedoras de cómo funciona la negociación explican a este periódico que el Ministerio de Trabajo está forzando una situación similar a la que se vivió con el Salario Mínimo, cuando ofrecieron a la patronal un incremento del 4% si participan en un acuerdo tripartito y amenazaron con subirlo un 5% si no lo hacían. La CEOE y Cepyme no lo apoyaron, así que el aumento fue del 5%.

Algo similar podría suceder ahora: si las empresas quieren algo de flexibilidad, tendrán que negociarla y dar su apoyo al acuerdo. Además de plantear la norma en términos homogéneos para todos los sectores y tipos de empresa, el articulado también incluye como novedad la prohibición de que los trabajadores a tiempo parcial puedan realizar horas extraordinarias.

Puede parecer lógico asumir que una empresa que tiene contratado a un trabajador para realizar 5 horas diarias, amplíe su contrato a 6 en lugar de pedirle una hora extra diaria; pero muchas empresas argumentan que esas horas responden a picos de trabajoimpredecibles y que la prohibición restará flexibilidad. Las horas extra son voluntarias y hay trabajadores a los que les puede venir bien en momentos puntuales hacer horas de más e incrementar sus ingresos, algo que ahora quedaría vetado.

Dado que la reducción de la jornada se produce manteniendo el nivel salarial, el texto contempla también un mecanismo para que no haya trabajadores que se vean perjudicados. Si, por ejemplo, un empleado hacía 8 horas diarias por 2.000 euros al mes y otro hacía 7,5 horas por 1.875, bajar la jornada del primero a 7,5 horas manteniendo su sueldo implica que trabajará lo mismo que el segundo pero cobrará más, de ahí que el Gobierno proponga que «las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de esta norma» con un «incremento proporcional de su salario».

Se trata de cambios de calado que entrarán en vigor de la noche a la mañana y para todas las empresas del país, algo que resulta «inasumible» para las patronales, según fuentes cercanas a las mismas.

Endurecimiento del registro horario

El Ejecutivo aprovecha la norma para intentar reforzar el registro horario en las empresas, que a partir de ahora tendrá que ser digital, realizado por el propio trabajador y sin que la empresa pueda «condicionar su contenido». Se trata de una redacción algo ambigua, ya que si se entiende la acción de condicionar como influir de manera importante en el comportamiento de alguien o en el desarrollo de algo, es algo difícil de medir.

La norma fija también que, a partir de ahora, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los representantes de los trabajadores podrán acceder «de forma remota» a los registros.

«Las personas trabajadoras no podrán resultar perjudicadas por practicar adecuadamente los asientos en el registro o por ejercitar cualesquiera otros derechos vinculados al registro de su jornada», dice también el texto, algo que según fuentes jurídicas también está abierto a interpretación.

La propuesta del Gobierno incluye también una modificación de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), que contempla que ahora las sanciones se apliquen por cada trabajador en los que haya incumplimientos «en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo». Las infracciones graves se sancionarán con multas de los 1.000 a 2.000 euros en su grado mínimo; de 2.001 a 5.000 euros en su grado medio, y de 5.001 a 10.000 euros en su grado máximo.

Fuente: elmundo.es (22/6/24) pixabay.com

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