¿Tener a un trabajador sin dar de alta en la seguridad social, puede salir muy caro?

Cuando se habla se la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) resulta alarmante cómo muchas empresas siguen contando con trabajadores a los que tienen de manera ilegal empleados. Es decir, sin darlos de alta en la Seguridad Social.

Este tema ya lo hemos tratado en alguna ocasión, pero desgraciadamente sigue siendo noticia. La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a seis meses de cárcel a un hombre por explotar a otro al que empleaba como vaquero en un finca de la localidad de Candeleda bajo condiciones abusivas, sin dar de alta en la Seguridad Social, con jornadas de 13 horas por un sueldo de 250 euros mensuales y sin respetar el derecho al descanso y a las vacaciones retribuidas.

Una costumbre por parte de algunos jefes: alergia al contrato

Dependiendo de la situación en la que se halle el trabajador, siempre ha sido habitual que el responsable de una empresa sin importar el tamaño, tuviera una peculiar alergia a realizar un contrato. ¿La razón? Muy obvia, ¿por qué hacer las cosas bien si puedo hacerlas mal y tampoco será tan grave la sanción?

Es el caso que comentábamos al inicio. Según recoge la sentencia, el patrón «al menos un año antes al mes de febrero del año 2016, aprovechándose de la situación de necesidad del afectado, lo contrató por cuenta ajena para que hiciese el trabajo de vaquero en la parte de la finca de la cual era arrendatario».

Lo hizo, señala la resolución, «bajo unas condiciones laborales que consistían en un trabajo diario de hasta trece horas, sin días de descanso entre semana ni vacaciones anuales y sin estar dado de alta en el sistema público de la seguridad social, y a cambio de un salario de 250 euros mensuales y de dejarle vivir en una vivienda sita en la propia finca».

Los derechos laborales, cada día se esfuman con el trabajo precario

Pero en el caso que nos ocupa, no podríamos ni hablar de precariedad, sino de ilegalidad que no va de la mano de un severo castigo por rozar la esclavitud con este trabajador en pleno siglo XXI.

La Sala condena ha condenado al empleador a pagar una multa de 1.080 euros y a indemnizar al trabajador con 14.868 considera que los hechos son constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores, que castiga a quienes «mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de seguridad social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual”.

El trabajador desconocía al ser extranjero sus derechos laborales, pero eso todavía hace que la noticia resulte más vergonzosa. Explotar a un trabajador por necesidad, saltarse la ley y abusar de su posición, es un ejemplo de cómo en algunas ocasiones, quien se cree superior al otro, puede llegar a demostrar no sólo que es un explotador sino una persona sin ética ni moral.

Fuente: Pymesyautonomos.com (11/12/19) Pixabay.com

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