Soy un abogado europeo, ¿qué tengo que hacer para ejercer en España?

richter¿A caso eres asianajaja? O rechtsanwalt? O odvetnik? Dicho de otra manera: ¿eres un abogado finlandés, alemán o esloveno, o de otro país europeo y quieres ejercer tu profesión en España? Buenas noticias. El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes una resolución de convocatoria de las “pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de abogado en España” por parte de los ciudadanos de la Unión Europea o de un Estado miembro del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que ya hayan adquirido las cualificación profesional de letrado en su país y no puedan ostentar un periodo de prácticas de tres años en el nuestro. Empiezan a correr a partir del día 10 de octubre los plazos previstos por dicha resolución. Ojo al calendario.

20 de octubre

Es el último día para presentar la solicitud de admisión a las pruebas en el Registro General del Ministerio de Justicia. Concretamente, se tiene que cumplimentar el modelo oficial de solicitud (modelo 790 – Código 007) y liquidación de la tasa de 44,31 euros, pago que se puede efectuar en cualquier entidad financiera habilitada para la recaudación tributaria.

En el caso de empezar el procedimiento desde el extranjero, el candidato tendrá que rellenar otro modelo de solicitud (que se encuentra en el primer anexo de la resolución) e ingresar los derechos de examen en la cuenta corriente ES 62 0182 2370 42 0208000060, abierta en el BBVA, directamente en sus oficinas o por transferencia bancaria.

En ambos casos, la solicitud tiene que ir acompañada por una declaración responsable relativa a la posesión del título de abogado expedido en algún Estado miembro (este modelo se encuentra en el segundo anexo de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo).

13 de noviembre

La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia tiene hasta ese día para aprobar una lista provisional de los solicitantes admitidos. Los excluidos tendrán diez días hábiles más para subsanar los defectos relevados, periodo tras el cual el mismo organismo publicará la lista definitiva, en un plazo de 15 días hábiles y la fecha del examen.

¿En qué consiste la prueba?

Se trata de la resolución de un caso práctico a escoger entre las opciones propuestas por la Comisión de evaluación y versará sobre Derecho constitucional, administrativo, civil, mercantil, penal, laboral, la organización judicial española y la deontología profesional.

Para resolver la prueba los candidatos dispondrán de cuatro horas, y podrán traer consigo textos legales y manuales jurídicos, aunque está prohibido el uso de medios electrónicos, libros de texto, modelos de recurso y compilaciones de sentencias.

Una vez realizada la prueba, los aspirantes tendrán que leer su escrito ante la Comisión de evaluación, que podrá preguntar durante 15 minutos. En un plazo máximo de un mes, la Comisión comunicará al aspirante si es apto o no.

La resolución por la que se convocan las pruebas, publicada en el BOE este viernes, ha sido aprobada el 25 de septiembre a raíz de la Orden del Ministerio de la Presidencia 421/2013 que desarrolla el Real Decreto 1837/2008 de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español unas directivas europeas sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales y la supresión de los obstáculos a la libre circulación de personas y servicios en la Unión Europea.

Fuente: Cincodias.com (10/10/14)

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