Toni Kross, Gareth Bale, Cristiano Ronaldo, Raphaël Varane, Fabio Contreāo… pueden ser alineados, a la vez y en un mismo equipo, en un campo de fútbol sin contravenir las normas; gracias a la lucha de un jugador belga con mucha peor suerte que ellos (quizá menos dotado) Jean Marc Bossman, que decidió recurrir ante los tribunales europeos el entramado reglamentario de la federación belga y de la UEFA, que le impidieron evitar que su club de Bélgica le hiciese la puñeta para impedirle fichar por uno francés. Nadie le ha dado las gracias por su lucha. Ejemplos multinacionales como el de la alineación del Real Madrid se dan en muchos clubes de la primera división española.
Hubo un tiempo, hace 19 años, en que las competiciones deportivas profesionales en Europa tenían limitada la participación de jugadores que no fueran nacionales del país donde se disputaban.
De hecho, las competiciones consideradas no profesionales aún los tienen, porque la sentencia solo es aplicable a los deportistas que se consideran trabajadores, esto es, a los profesionales. Las reglamentaciones FIFA y UEFA para el fútbol profesional resultan no ser directamente aplicables en teoría, si bien en la práctica resultan serlo al estar incorporadas a las normas de las federaciones nacionales, a las que están adheridos los clubes y que marcan las pautas de la competición y los criterios de las alineaciones indebidas.
Por mucho que les duela a la FIFA y a la UEFA los futbolistas profesionales son trabajadores –mejor o peor pagados- y sus derechos deben ser respetados. Y los deportistas profesionales (futbolistas, sobre todo) son el paradigma del trabajador en movilidad, como bien demuestra la prensa deportiva de estos días.
La sentencia Bosman consiguió que desapareciese la limitación de participación en el juego para los futbolistas comunitarios y que se reconfigurase la figura del transfer internacional y los derechos de formación. El mundo del fútbol vio horrorizado cómo la justicia ordinaria le alcanzaba y entonó todo tipo de cánticos en pro de la cantera de las selecciones nacionales y los clubes modestos, a los que la legislación derogada presuntamente protegía. El fervor por el fútbol de base no impidió que los clubes fichasen aprovechando el nuevo marco legal.
El mecanismo de la oferta y la demanda ha resultado funcionar de forma muy distinta a la que los agoreros pretendían, reequilibrando la prestación de servicios de los jugadores, que se redistribuyen por toda la Unión Europea, cada uno en el área de competencia balompédica en la que en su país parecía haber excedente.
En el mundial de 2014 la selección de Alemania tenía a 6 de sus seleccionados jugando fuera de su territorio, España 9, Países Bajos 14…; por no hablar de Argentina con 20 y Brasil con 19 desplazados. Con la sentencia Bosman en la mano es incluso discutible que no pueda participar en una selección nacional un jugador comunitario que trabaje en ese territorio, si bien esa situación es altamente improbable, ya que ningún seleccionador nacional se atrevería a elegir a un jugador que no pueda exhibir el correspondiente pasaporte (sea un pasaporte antiguo o recién estrenado).
Pero el entramado reglamentario del deporte profesional seguía encajando de forma precaria en el derecho comunitario y ahí entró la menos conocida sentencia Simutenkov.
Igor Simutenkov tuvo una carrera futbolística más destacada que Jean Marc Bosman. En su periplo por el mundo pasó de la liga italiana a la española para recalar en el Tenerife.
Ocupaba plaza de extranjero, que en aquel momento ya era de no comunitario. En vista de los argumentos de la sentencia Bosman planteó en 2001 su cambio de ficha a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por una comunitaria. Rusia no es parte de la Unión Europea, pero entre ambos entes se firmó en 1997 un acuerdo que prohíbe a los Estados miembros de la UE dar un trato desfavorable a los nacionales rusos legalmente contratados o discriminarlos por razón de su nacionalidad, en relación con las condiciones de trabajo.
Ser futbolista profesional o deportista profesional es un trabajo. Y cuando eres extranjero, debes tramitar un permiso de trabajo y residencia para jugar. Suelen ser rápidos. Tanto más rápidos cuanto más conocido sea el club y/o el jugador.
Los clubes de fútbol –los clubes del deporte profesional, en general- son empresas. Su comportamiento, a grandes rasgos, se ajusta a criterios puramente mercantiles, si bien los aficionados tienen tendencia a atribuirles determinadas características con las que se sienten identificados.
La RFEF, como no podía ser de otra forma, se declaró república independiente del derecho común del resto de los mortales y no acogió ninguno de los argumentos de Simutenkov, por lo que le obligó a interponer un pleito.
La Audiencia Nacional planteó como cuestión prejudicial el alcance del acuerdo Rusia-UE a los deportistas profesionales y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió que era aplicable y que no podían ser discriminados con respecto a los comunitarios.
Simutenkov ya no jugaba en España cuando la sentencia salió en el año 2005. Consiguió no solo que los jugadores rusos pasasen a tener la consideración de comunitarios (con una gran incidencia en balonmano y voleibol), sino un efecto dominó para los nacionales de Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Kazajistán, Kirguistán, Moldavia, Uzbekistán y Ucrania. Todos estos países tenían acuerdos similares, por lo que también los deportistas con ese origen nacional vieron cómo se ampliaban sus horizontes.
Visto el panorama y las ventajas que un mercado amplio tenía para los clubes, el siguiente paso en la no discriminación por el origen nacional se dio de forma voluntaria para los llamados “cotonous”.
El Acuerdo de Cotonou se firmó en el año 2000 entre la UE y los 78 estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) y fue ratificado por España en el año 2006. Sobre los trabajadores se manifiesta, en términos similares al acuerdo UE –Rusia, por lo que los deportistas profesionales no pueden ser discriminados y no son aplicables las limitaciones del cupo de extracomunitarios.
Los “cotonous” son un grupo relevante de jugadores en la liga de baloncesto en España, algunos tan curiosos como CJ Wallace, del que nadie diría que es de nacionalidad congoleña.
Ni Bosman ni Simutenkov eran estrellas de salarios superlativos. Tuvieron el coraje de intentar cambiar las normas que la FIFA y las federaciones nacionales imponen ignorando el derecho común.
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