¿Qué pasa si pones en tu CV que eres inmune al covid? El marrón que se come la empresa

La pregunta dejó ojiplático a Fernando Simón: «Algunas personas están empezando a adjuntar su posible inmunidad en los CV para encontrar trabajo. ¿Qué le parece?». El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad respondió de manera tan improvisada como sorprendida: «Yo creo que eso puede ser incluso ilegal. Y si no es ilegal, no me parece muy moral«

La cuestión resulta polémica. No solo por el hecho de que un profesional pueda presumir de una aparente inmunidad al covid, sino también por la posibilidad de que una empresa se plantee hacer ese tipo de preguntas en una entrevista de trabajo. Pero ¿qué consecuencias tiene cada caso? Lo cierto es que, en ambos contextos, el resultado sería de gravedad.

¿Qué pasa si presumes de inmune en el CV?

Si una persona decide incluir en su CV una supuesta inmunidad al covid, hay un factor esencial a la hora de medir las consecuencias: si la persona simplemente dice ser inmune al covid o si, además, adjunta algún tipo de documento médico que lo certifique. «Si simplemente dice que es inmune al covid pero no aporta ningún documento que lo demuestre, se trata de una manifestación que no tiene repercusión al no poderse acreditar», asegura Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados.

El problema llegará, sobre todo, si el potencial empleado adjunta algún documento que demuestre su inmunidad: «Le estará generando un grave problema a la empresa a la que entregue su CV, porque le está dando el dato más protegido, el sanitario, y esa empresa deberá gestionar el tratamiento de un dato que ni siquiera había solicitado«.

¿Y cómo se gestiona un dato de esta envergadura? ¿Basta con borrar dicho archivo y olvidarse? Ni mucho menos, es bastante más complicado: «La empresa tendría que eliminar el documento y cualquier referencia o mecanismo que le permitiera recuperar la información del dato y vincularlo con el candidato», asegura a este diario Laura López, abogada especializada en protección de datos y propiedad intelectual.

«Le está dando el dato más protegido, el sanitario, y la empresa deberá gestionar el tratamiento de un dato que ni siquiera había solicitado»

En este proceso, «la eliminación de la información deberá seguir los criterios de seguridad y confidencialidad de destrucción de la información conforme al Régimen General de Protección de Datos (RGPD). Habría que garantizar la supresión de dichos datos, es decir, que la empresa no tenga forma alguna de recuperarlo aunque quiera. Y es que «no hay un interés legítimo por parte de la empresa que recibe ese dato de salud para tenerlo. Hay que tener en mente el principio de minimización de los datos: un tratamiento de datos tiene que tener los datos mínimos necesarios para cumplir la finalidad por la que se trata».

En cualquiera de los dos casos, Valero considera que asegurar en un CV que se es inmune al covid «no es ilegal, pero a mí me parece muy poco ético, ya que se puede buscar o generar una discriminación. Si tú coges a esa persona y alguien se entera, puede haber sospecha de que haya un trato discriminatorio por causa de salud«.

Además, «si tú te integras en una empresa, dicha empresa ya tiene un deber de protección de riesgos laborales y debe preocuparse de garantizar la salud de todos los empleados, hayan tenido covid o no. Aportar esa información tiene el efecto de intentar acceder a una empresa no por méritos profesionales, sino por una circunstancia médicaSi a mí alguien me manda un CV con eso, solo por la falta de ética y por el trastorno que me genera, ya no lo cojo».

¿Qué pasa si te lo pregunta una empresa?

Si le damos la vuelta a la situación, podríamos llegar al punto en que una empresa, al hacer un proceso de selección, les pregunte a sus candidatos si han pasado el covid-19 o si son inmunes. En este caso no se trataría de una cuestión polémica, sino directamente ilegal y denunciable.

«Es manifiestamente ilegal. Tanto preguntarlo como solicitar documentación», afirma Valero. «Está prohibido por el Estatuto de los Trabajadores, ya que sería establecer una causa de discriminación en base a una situación de salud. Porque si eres conductor de mercancías peligrosas, por ejemplo, te pueden pedir que demuestres no tener ningún tipo de enfermedad que afecte a la conducción, pero en el caso del covid-19 es totalmente ilegal».

Preguntar a un empleado por el covid es ilegal y sancionable: desde los 6.251€ a los 187.515€

Además, preguntar por ello «también sería sancionable», tal y como recoge el artículo 16.1.c de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, que califica de infracción muy grave este tipo de discriminación e impone sanciones económicas que van desde los 6.251 a los 187.515 euros en función del grado.

Fuente: Elconfidencial.com (19/5/20) Pixbay.com

Sobre Tarraco 4436 artículos
Asesoría de empresas Gestoría Tarragona