La compra o venta de una vivienda conlleva el pago de varios impuestos que es recomendable tener en cuenta para calcular el dinero extra que la operación supondrá aparte del precio del inmueble. En el caso del vendedor, tendrá que pagar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), conocido más comúnmente como de plusvalía municipal, que grava la ganancia producida por el incremento del valor del suelo en el que se encuentra la vivienda respecto a cuando fue adquirido. Para ello, se toma en cuenta el valor catastral del inmueble y se le aplica unos porcentajes en función del tiempo que ha sido propiedad de quien lo vende. Cada municipio puede fijar el tipo impositivo que establece, sin poder superar el 30%.
Este impuesto ha sufrido varios reveses judiciales, ya que en primer lugar los tribunales determinaron que era ilegal aplicarlo cuando la vivienda era vendida a pérdidas, esto es, por menos dinero que cuando fue comprada. Además, en 2021 el Constitucional consideró abusivo el sistema utilizado para el cálculo del impuesto, por lo que Hacienda tuvo que aprobar un nuevo método, de manera que ahora el vendedor de un inmueble puede optar por la fórmula que le sea más beneficiosa entre aplicar los coeficientes, que serán revisados cada año por Hacienda, sobre el valor catastral en función del número de años transcurridos desde la compra, o usar la diferencia entre el valor de compra y el de venta.
Otro impuesto a pagar es el IRPF, siempre que haya una ganancia patrimonial respecto al valor de adquisición cuando fue comprada. La cuota abonada por la plusvalía municipal será deducible, y estarán exentos de pagar el tributo los mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual y también todo aquel que reinvierta el dinero de la venta de la vivienda habitual a la compra de una nueva, teniendo que tributar solamente, en caso de que la nueva vivienda sea más barata que la que se vende, por la cantidad sobrante. Actualmente, se aplica un gravamen del 19% sobre los primeros 6.000 euros de ganancia, del 21% en el tramo de entre 6.000 y 50.000 euros; del 21%, entre 50.000 y 200.000 euros, y del 26% por encima de esa cantidad. Sin embargo, PSOE y Unidas Podemos han pactado subir al 27% la tributación de las ganancias de entre 200.000 y 300.000 euros y al 28% a partir de 300.000.
Por otro lado, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), cuyo tipo fija cada municipio entre el 0,4% y el 1,1% (0,3% y 0,9% para inmuebles rústicos) lo debe pagar el propietario de la vivienda a 1 de enero, por lo que lo habitual es que vendedor y comprador se lo repartan en proporción según el momento de la operación.
Fuente: expansion.com (12/10/22) pixabay.com