Primera multa por el uso de ‘cookies’ en el comercio y la publicidad online

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto la veda para perseguir a las páginas web que no cumplan con la normativa sobre el uso de cookies, unos ficheros que captan información personal del consumidor a medida que navega por internet. Dos empresas, responsables a su vez de un puñado de webs dedicadas a la venta y publicidad de joyería, han sido sancionadas por no facilitar información clara y completa sobre la utilización de estas cookies. La multa ha ascendido a 4.500 y 500 euros, respectivamente.

Ambas infracciones son consideradas leves. Pero la actuación de la AEPDsupone un hito al ser la primera multa a una empresa por el uso de esta herramienta, muy extendida entre webs de comercio y publicidad online. Se trata, en concreto, de unos ficheros de texto que se descargan en el ordenador del usuario y donde se almacenan durante la navegación en internet datos sobre su perfil del consumidor. La resolución considera que las empresas sancionadas “no informan a los visitantes de sus sitios web de forma clara y completa sobre el uso de dichas cookies y las finalidades pretendidas”.

La entrada en las webs originaba además la descarga de diferentes tipos de cookies, tanto para uso propio como de terceros. Tras el inicio del expediente en 2012, y a petición de la AEPD, las empresas modificaron sus avisos y notificaciones al usuario en un intento de cumplir con los requisitos tanto de la legislación de protección de datos como de la normativa sobre comercio electrónico.

La Agencia entiende, sin embargo, que esos nuevos avisos remozados no contienen una información adecuada y, sobre todo, “no se asocia claramente su uso con el propio editor o con terceros que también deben ser identificados, habiéndose constatado que solo se hace referencia a las cookies del servicio Google Analytics de Google Inc sin citar otras cookies de terceros cuya descarga también se ha comprobado se realiza en los terminales de los usuarios, como son, por ejemplo, las de Automattic Inc, Quantcast, Youtube LLc, Zopim Technologies Pte Ltd o Seevolutión Inc”.

Guía para informar correctamente al usuario

La nueva normativa europea sobre protección de datos apretó las cuerdas legales de todos los países para el uso de datos personales en acciones de marketing. El resultado en España ha sido la reciente publicación de una guía sobre el uso de las cookies. Auspiciada por las patronales de comercio y publicidad digital, la guía especifica las pautas a seguir para cumplir con las dos obligaciones fundamentales. Por un lado, con las de información, y por otro, con la forma de requerir el consentimiento del consumidor para captar sus datos a través de las cookies. Tras la primera sanción por el uso de estas herramientas, la IAB Spain, la asociación que representa al sector de la publicidad en medios digitales en España, interpreta que el usuario ha aceptado si, después de ser informado, sigue navegando.

Fuente: Cincodias.com (27/1/14)

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