Los jueces anulan cientos de multas de botellón por falta de pruebas

cervezasLos jueces están anulando de manera sistemática las multas que ha impuesto el Ayuntamiento de Madrid por consumo de alcohol en la vía pública (botellón). Las resoluciones judiciales mantienen que no existen pruebas fehacientes, aparte del testimonio del policía, que permitan verificar que el infractor estaba bebiendo alcohol. Estas sentencias se unen a las quejas de la Defensora del Pueblo, que denunciaba que los infractores no podían acogerse a las reducciones del 40% si no lo hacían en los primeros diez días. En los nueve primeros meses del año, el Ayuntamiento ha tramitado 23.022 denuncias.

El procedimiento sancionador que realizan los policías municipales es sencillo. Acuden a los lugares en los que se concentran los jóvenes, se acercan a ellos y, tras pedirles la documentación, extienden la correspondiente acta de denuncia. Este documento se envía a Madrid Salud, que es el encargado de imponer la sanción. Aquí existen dos modalidades. Si el agente ha denunciado por la ley regional contra sustancias adictivas, las multas pueden llegar hasta los 600 euros (500 en caso de ser menores). Si el funcionario utiliza la Ley estatal de Seguridad Ciudadana, la conocida como Ley Mordaza, el precio se rebaja hasta los 100 euros.

El gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto, reconoce que en los últimos meses están recibiendo sentencias por parte de los jueces, en las que anulan las multas, en especial las impuestas entre los años 2012 y 2014. Los magistrados mantienen que el procedimiento no es garantista, ya que se basan solo en el testimonio del policía municipal. Este, pese a tener presunción de veracidad, no aporta más pruebas. “Los jueces no están diciendo que es como, si cuando se hace un control de alcoholemia a un conductor, se aportara solo el testimonio del policía y no la prueba del etilómetro”, reconoce Prieto.

La solución no es fácil, ya que no existe en la actualidad un aparato homologado que mida que en el vaso que tenga el supuesto infractor hay una bebida alcohólica. Algunas empresas las tienen, pero no han recibido aún el visto bueno de la Administración. Además, los policías también tendrían que ir con un aparato bastante voluminoso que emitiera un recibo para adjuntarlo a la denuncia. “Hemos recibido ya entre 300 y 400 sentencias en las que se declara inocente a la persona denunciada”, añade el gerente de Madrid Salud. Esto supone que el Ayuntamiento tenga que devolver el dinero recaudado y el pago de las costas procesales.

Otro problema para Madrid Salud es que, cuando el proceso llega a los tribunales, los jueces piden todo el expediente y la contestación al recurso del supuesto infractor. Esto ralentiza el funcionamiento de este departamento.

Dos procedimientos sancionadores

Uno de los problemas a los que se enfrenta la Policía Municipal es que en actualidad conviven dos procedimientos contra el botellón.

El más restrictivo se basa en el artículo 60 de la Ley regional 5/2002 sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. Este recoge que el consumo de alcohol en la vía pública supone multas de 500 euros para los menores y de 600 para los adultos. En caso de pronto pago (en los 10 primeros días), se reduce un 40%.

El más benévolo, el de la Ley estatal 4/2015 de Seguridad Ciudadana, la llamada Ley Mordaza, sólo se aplica “cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana”. Las multas son de 100 euros y permiten una reducción del 50% en periodo voluntario.

El criterio que utilizan los policías municipales para denunciar no está claro, ya que pueden aplicar la ley regional (mucho más dura y menos garantista) o la estatal. En teoría, la primera castiga el consumo de alcohol por el daño que produce a la salud. Por el contrario, la segunda penaliza la molestia a los ciudadanos. Elegir una u otra depende del policía, que goza de independencia total a la hora de sancionar. “Con este sistema se da una sanción menor cuando las situaciones más graves, como son las molestias a los vecinos. Lo que vamos a hacer es ponérselo difícil a la cadena de botellón y controlar ya desde la venta de las bebidas”, reconoció el concejal de Seguridad, Javier Barbero, el martes en comisión.

Hasta el 15 de septiembre, el Ayuntamiento había recibido 23.022 actas de sanción, lo que supone un número similar al mismo periodo de 2015 (22.568). Del total, la gran mayoría corresponde a la ley regional (18.858, el 82%) frente a la ley estatal (4.164, el 18%). Un pequeño porcentaje de estas sanciones es rechazado por razones diversas como tener datos incorrectos, no constar en el domicilio facilitado o no recibir a tiempo la notificación el supuesto infractor, si vive fuera de la capital.

Hasta el pasado agosto, se han denunciado a 159 menores por botellón frente a los 127 que se detectaron en todo 2015, según datos de la Policía Municipal. En el mismo periodo (en los ocho primeros meses del año pasado) se sancionó a 79, la mitad que en 2016.

Periodo voluntario

La defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ya advirtió que se estaba incumpliendo el proceso sancionador al empezar a contar el tiempo de pago voluntario cuando se entregaba la copia de la denuncia al infractor. Muchos no lo sabían por lo que perdían el derecho a reducción del 40%. Eso se ha modificado y ahora no cuenta hasta que no se le notifica en su casa.

El Ayuntamiento cuenta con dos programas para reducir el botellón. El primero es de ocio alternativo (la noche más joven y la tarde más joven) incluye la cesión de espacios culturales y deportivos como alternativas al alcohol. El segundo (No_t_pases_entera_t) consiste en educadores sociales de Cruz Roja que informan a los jóvenes en las zonas de botellón. En breve, se sumarán otros dos programas más.

Fuente: Elpais.es (25/11/16) PIxabay.com

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