Para evitar una posible sanción, debemos llevar siempre en nuestro vehículo algunos documentos pero, a veces, pecamos de precavidos y acumulamos papeles en la guantera que en realidad no son necesarios. Por ello, para aclarar tus dudas, te explicamos todo lo que debes conocer para evitar problemas sobre la documentación del vehículo.
Siempre que vayamos a conducir nuestro vehículo debemos llevar con nosotros una serie de documentos, ya que si un agente de la autoridad nos los solicita tenemos la obligación de mostrárselos. Entre ellos, destacan el permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica del vehículo en vigor.
Otro documento básico sin el que no podemos conducir es nuestro carné de conducir. Llevar el DNI no nos exime de la responsabilidad de llevarlo, ya que sirve para identificarnos pero no para demostrar que tenemos en vigor la licencia para poder conducir. Si olvidamos el carné y no lo llevamos en el momento de ser requerido, los agentes comprobarán con su central si se encuentra en vigor pero, incluso aunque lo esté, nos pueden imponer una sanción. Circular sin carné puede ser castigado con multas que van desde los 10 euros hasta los 500 euros, en función de la gravedad de los hechos.
La situación se complica, y mucho, en caso de conducir sin contar con dicho carné, pues eso supone un delito contra la seguridad vial. Según artículo 384 del nuevo Código Penal en materia de seguridad vial, los conductores sin carné podrán sufrir una pena de prisión de tres a seis meses o una sanción de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. El mismo castigo recibirá quien conduzca a pesar de la privación cautelar o definitiva del carné por decisión judicial o quien hayan perdido los 12 puntos del permiso de conducir.
El carné de conducir, desde que funciona el sistema de puntos, ya no es un derecho absoluto sino un crédito de confianza que nos concede la sociedad para compartir la vía pública con el resto de conductores. Las infracciones cometidas que estén relacionadas con la seguridad vial nos reducirán ese crédito hasta que perdamos todos los puntos y la se nos retire la confianza depositada. Sólo podremos volver a recuperarlo pasados seis meses, tras la realización de un curso de seguridad vial y un examen.
Desde la puesta en marcha del carné por puntos, hace más de 10 años, han sido muchos los conductores que han visto reducirse e incluso agotarse sus puntos, con lo que ello conlleva. Por este motivo, la mayoría de las compañías de seguro de coche han incluido en sus pólizas la cobertura de recuperación de carné, que incluye parte o la totalidad del coste de los cursos de recuperación de la licencia o incluso un subsidio durante el tiempo en el que el asegurado no puede utilizar su vehículo.
Es el caso de Allianz, Pelayo y Caser. En muchos casos, esta cobertura se ofrece incluso en los seguros a terceros ampliado como es el caso de los seguros de Mapfre, Plus Ultra y Fénix Directo, aunque en otros casos solo se incluye en las modalidades más completas.
Otros documentos necesarios
Entre los documentos que debemos llevar con nosotros de forma obligatoria ya no se encuentra el recibo del seguro de coche, como ocurría hasta hace poco. Actualmente, los agentes de tráfico pueden comprobar de forma telemática si el vehículo está asegurado y si la póliza se encuentra en vigor, por lo que no es necesario incluir el resguardo del pago entre la documentación que llevamos en el coche.
Fuente: Expansion.com (5/5/2017) Pixabay.com
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