El Gobierno ultima la aprobación de la nueva normativa que afecta a los bancos, según la cual el Estado avalaría los activos fiscales diferidos (DTA en sus siglas en inglés) o créditos fiscales para su cómputo como capital. Previsiblemente, el Consejo de Ministros dará luz verde a esta regulación el 29 de noviembre, o a más tardar el 5 de diciembre. ¿Qué son esos activos fiscales diferidos? ¿Qué supone el cambio de regulación para los bancos?
Estas son las claves:
P. ¿Qué son los activos fiscales diferidos, conocidos también como DTA en sus siglas en inglés?
R. Son derechos que las entidades y empresas tienen frente a Hacienda. Se pueden generar por dos vías. Por incurrir en pérdidas deducibles o, lo que es lo mismo, tras registrar bases imponibles negativas. También se incluyen los originados por gastos contables que no son fiscalmente deducibles. En este caso entran las provisiones.
P. ¿Cuáles serían los activos fiscales diferidos que podrían beneficiarse del aval del Estado?
R. En principio la banca ha logrado que se incluyan los DTA generados por los deterioros de insolvencias (provisiones) y los activos adjudicados. Parecía, de hecho, que la norma que tiene previsto aprobar el Consejo de Ministros en las próximas semanas no iba a tener en cuenta las aportaciones realizadas por las empresas a los planes de pensiones de sus empleados. En las últimas horas, sin embargo, este capítulo parece que vuelve a recuperar protagonismo, con lo que se podría volver al borrador inicial del Gobierno, correspondiente a julio, en el que incluía los compromisos contraídos por una entidad correspondiente a la indemnización de un trabajador hasta que este empieza a percibir la jubilación de la seguridad social. El gran beneficiado de esta medida sería Banco Santander. Telefónica y Endesa también podrían disfrutar de esta norma. La banca también pretendía inicialmente que se incluyeran los intangibles de vida útil definida.
P. ¿Por qué es tan importante para la banca que se apruebe esta normativa antes de enero de 2014?
R. Las nuevas normas internacionales de Basilea III, que entrarán en vigor en 2014, obligan a las entidades a deducir de su capital estos DTA por considerar que, en caso de pérdidas o insolvencia, estos activos no tienen valor ya que solo se recuperan mediante el pago de menores impuestos en el futuro siempre que la entidad obtenga beneficios. Por eso, el sector lleva meses negociando con el Gobierno que determinados impuestos diferidos sean considerados créditos fiscales frente a la Administración tributaria, lo que permitiría que no se dedujeran del capital. Además, hace más fácil la compra de entidades en subasta, como la de Novagalicia y Catalunya Banc, puesto que estas operaciones penalizan en el capital desde el primer momento de su compra, lo que se evitará con la entrada en vigor de esta futura norma, ya que con ella se pretende que los activos fiscales con aval del Estado no resten del core capital.
P. ¿Por qué el Gobierno ha retrasado tanto la aprobación de esta norma, pese a que ya ha confirmado que lo hará antes de cierre de año?
R. Varias fuentes aseguran que la respuesta la tiene Hacienda, ministerio responsable de esta norma fiscal. Pese a ello, se espera que su regulación pase por el Consejo de Ministros el próximo 29 de noviembre. El viernes, 22 de noviembre, Luis de Guindos estará de viaje en Letonia por lo que habría que esperar al siguiente para su aprobación.
El escollo con el que se ha encontrado el Gobierno para acelerar este real decreto-ley es que es que la norma podría considerarse ayuda de Estado a la banca, por ello se debe hacer una regulación que afecte a todos los sectores, aunque sea la banca casi la única beneficiada. El coste que tendría reconocer los DTA como créditos frente a Hacienda es casi nulo, y no tiene reflejo en el déficit público, salvo que una entidad entrara en pérdidas o en proceso de liquidación.
Fuente: Cincodias.com (22/11/13)
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