El titular del juzgado de lo mercantil número 1 de A Coruña ha prohibido a Gas Natural Fenosa emitir facturas a los consumidores con una demora de más de un año y cortarles el suministro o ficharles en un registro de morosos si no las abonan. En un auto conocido este miércoles, el juez estima así la petición de la fiscalía, que ha presentado una demanda colectiva contra la compañía por supuestos cobros abusivos. Mientras se dirime dicha demanda, ordena la resolución, la eléctrica no podrá reclamar a sus clientes este tipo de pagos.
La Fiscalía Provincial de A Coruña ha denunciado prácticas «abusivas e ilegales»» por parte de Gas Natural en los cobros a algunos clientes, por consumos de más de un año de antigüedad respecto a la fecha de emisión de la factura. El ministerio público presentó la demanda colectiva tras las denuncias de asociaciones de consumidores porque, alega, la empresa incurrió «en una demora en la facturación superior a la establecida en la regulación sectorial». «De seguir continuándose dicha práctica comercial sin acotar la misma durante la tramitación del proceso judicial que nos ocupa», esgrime el juez al imponer las medidas cautelares, «la efectividad del mismo se vería disminuida».
La demanda colectiva fue presentada contra Gas Natural Sur, la empresa comercializadora de Gas Natural Fenosa, que presentó facturas «que en algunos casos incluso superaban los 3.000 euros» y lo hizo «fuera del plazo legal». El fiscal considera que se trata de una «conducta no solo irregular sino también abusiva» que «vulnera derechos de los consumidores». La compañía, añade, persistió en su comportamiento pese a que fue sancionada «reiteradamente» por el Instituto Galego de Consumo, dependiente de la Xunta.
Según el ministerio público, la norma permite un periodo de un año para corregir «errores administrativos», como podría ser una «falta de lectura por causas no imputables al cliente», pero afirma que Gas Natural Fenosa ha cobrado estas cantidades pasado ese tiempo.
El abogado de la eléctrica sostiene que la ley no fija un plazo para que el distribuidor (Gas Natural) haga llegar la lectura al comercializador (Gas Natural S.U.R) y que el retraso no es imputable a este último, según señaló el pasado lunes durante una vista relacionada con la demanda. Sin embargo, el juez rechaza este argumento en el auto por el que acepta las medidas cautelares pedidas por el fiscal. «El responsable frente al consumidor de la adecuada calidad del suministro, incluyendo en el concepto de calidad la facturación y lectura de contadores, es el comercializador y es a él al que el consumidor ha de dirigir sus reclamaciones», señala el auto.
Ayuntamientos gallegos también han denunciado cobros abusivos de Gas Natural Fenosa entre los años 2008 y 2012. Ante las protestas, la compañía se vio obligada a devolver el dinero.
Fuente: Elpais.es (6/4/16) Pixabay.com
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