El IVA en tiempo real: la gran revolución que asusta a las empresas entra en vigor

Este sábado 1 de julio entrará en vigor el Suministro Inmediato de Información (SII). Se trata del proyecto más ambicioso jamás planteado en el IVA y que revolucionará totalmente la gestión de un impuesto que se introdujo en España en 1986. Es cierto que el IVA es un tributo sobre el consumo y que recae sobre el consumidor final, sin embargo, son las empresas quienes lo gestionan, lo recaudan y lo ingresan en la Agencia Tributaria. De hecho, es la figura fiscal que genera mayores quebraderos de cabeza y trámites a las compañías. Estas son las claves del proyecto.

  •  ¿Qué es el SII?

El SII es un proyecto que modificará la gestión del IVA y exigirá que las empresas informen en tiempo casi real de las facturas recibidas y emitidas. Actualmente, cuando una empresa emite o recibe una factura no informa de ella hasta final de mes o del trimestre en función de su tamaño. A partir de ahora, las compañías deberán ser mucho más ágiles para remitir la información en el plazo de ocho días, un período que a partir del próximo año bajará a cuatro días. Pero el SII no solo significa dar información, sino que las empresas llevarán sus libros registro del impuesto directamente desde la sede de la Agencia Tributaria. La tecnología permite este flujo de información constante y que eleva el control de la Agencia Tributaria. El Ministerio de Hacienda contará con una ingente cantidad de datos. Para entender el volumen basta apuntar que una sola empresa como Repsol emite 200 millones de facturas al año.

Hacienda, con esta información, realizará un análisis de riesgo y cruzará datos para optimizar las labores de control, luchar contra el fraude fiscal y fomentar el cumplimiento voluntario. Según el Programa de Estabilidad que el Gobierno de Mariano Rajoy remitió a Bruselas, el SII elevará en 350 millones la recaudación.

El SII supone el mayor cambio en la gestión del IVA desde que se introdujo este impuesto en 1986

¿A quién afecta el nuevo proyecto?

La mayor parte de las empresas de España son pequeñas y no tienen capacidad para aplicar el SII. El IVA en tiempo real será obligatorio solo para las grandes compañías, que son aquellas que facturan más de seis millones al año. También los grupos de IVA y las empresas acogidas al régimen de devolución mensual deben cumplir con el SII. En total, el IVA en tiempo real afectará a 63.000 empresas, una cifra relativamente pequeña si se tiene en cuenta que hay más de 3,2 millones de declarantes del impuesto. Sin embargo, la Agencia Tributaria indica que estas 63.000 compañías que deberán informar del IVA en un plazo de ocho días suman el 80% de la facturación anual del tributo.

  • ¿Qué opinan las empresas?

La postura oficial de la patronal CEOE es muy crítica con la medida del Gobierno. Recientemente, la organización presidida por Juan Rosell remitió una carta al Ministerio de Hacienda solicitando que se aplace la entrada en vigor del SII. La patronal entiende que el Gobierno se precipitó al aprobar la medida y muchas empresas no han tenido tiempo para adecuar sus sistemas informáticos. Hay que recordar que el proyecto supone un desembolso para las empresas, exige un cambio drástico de la gestión del IVA y obliga a contratar un nuevo software. CEOE también sostiene que hay importantes proveedores tecnológicos que no tendrán disponible su software de gestión hasta otoño y alerta de que actualmente no existen prácticamente productos en el mercado adaptados a la normativa.

Incluso las grandes empresas han mostrado su malestar por el escaso margen que ha dejado Hacienda. Montserrat Trapé, socia responsable del área de Precios de Transferencia y Tributación Internacional de KPMG, señaló en una entrevistaen febrero su preocupación por la medida. Aunque el margen de reacción para las multinacionales es mayor. En este sentido, Repsol, que participó en el programa piloto, ve de forma más positiva el SII.

  • ¿Cómo ha sido la tramitación de la medida?

La primera vez que el Gobierno anunció su intención de poner en marcha un sistema que obligara a informar del IVA en tiempo casi real fue en octubre de 2014 y ya se llevaba algún tiempo trabajando en ello. A partir de ese momento, se iniciaron negociaciones y consultas que culminaron en un borrador de real decreto que se publicó en julio de 2015 y que contemplaba que el SII se aplicaría a partir de enero de 2017. Sin embargo, no se aprobó antes de las elecciones generales de diciembre de ese año. El parón electoral y la repetición de los comicios hizo que el Ejecutivo en funciones guardara el proyecto en un cajón.

Y así estaban las cosas hasta que tras la formación del nuevo Gobierno, el Ministerio de Hacienda de Cristóbal Montoro rescató el pasado diciembre el proyecto SII y sorprendió a todas las empresas al fijar la entrada en vigor para julio. Es decir, las compañías sólo han tenido seis meses para adaptarse a la nueva medida. Incluso el director de Gestión de la Agencia Tributaria, Rufino de la Rosa, reconoció en una entrevista a este periódico que la propia Administración tuvo que “redoblar esfuerzos externos e internos para cumplir el plazo” fijado por el Ejecutivo. Si bien se especuló con la posibilidad de retrasar a 1 de enero de 2018 la entrada en vigor, Hacienda no ha dado su brazo a torcer.

  • ¿Qué sanciones contempla el nuevo modelo?

Es uno de los factores que más temen las empresas. CEOE augura una oleada de sanciones por retrasos en la entrega de las facturas y errores. Es la consecuencia, sostiene CEOE, del escaso tiempo que han tenido las compañías para prepararse para el SII. Desde la Agencia Tributaria llaman a la calma. “Somos conscientes de que debemos arrancar con toda la flexibilidad posible. No buscamos sancionar. No podemos ser exigentes con los plazos al inicio, ni igual de exigentes en las validaciones. No contemplamos una política sancionadora”, señaló Rufino el pasado mes de marzo. Aun así, el temor de las empresas perdura. La legislación contempla que el retraso en la obligación de llevar los libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria se sancionará con un 0,5% del importe de la factura objetivo del registro, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de 6.000 euros.

  • ¿Por qué Hacienda dice que el SII será positivo?

Todos los cambios generan rechazos en los primeros momentos y más si estos proceden de la Agencia Tributaria. Fuentes de Hacienda sostienen que la postura reacia de las empresas era de esperar. También aseguran que, cuando pase el tiempo, las compañías no querrán volver atrás y comprobarán las ventajas del SII. ¿Cuáles son? La más evidente es la supresión de obligaciones formales como la presentación de los modelos 347, 340 y 390. El intercambio de información será constante y ya no será necesario rellenar tantos formularios. Además, el período de presentación de autoliquidaciones se amplía a los 30 días del mes siguiente del período de referencia frente a los 20 actuales.

  • ¿El SII se aplicará a las pymes en el futuro?

Las pymes pueden acogerse al SII voluntariamente y Hacienda asegura que no lo impondrá. Las empresas no se acaban de fiar. Hacen bien.

Fuente: Cincodias.com (28/6/17) Pixabay.com

Sobre Tarraco 4436 artículos
Asesoría de empresas Gestoría Tarragona

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.




Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.