El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer el formulario 720 que obliga a los contribuyentes con bienes y rentas en el extranjero superiores a 50.000 euros a presentar una declaración informativa. El trámite puede realizarse a partir de hoy y el plazo termina el 30 de abril de 2013. La declaración debe hacerse obligatoriamente a través de internet.
Quién está obligado a presentar el modelo 720?
La medida afecta a personas físicas y empresas, que deberán informar sobre las cuentas en entidades financieras, inmuebles y acciones que tengan en el extranjero siempre y cuando «el valor de cada tipo de bien» supere los 50.000 euros. Es decir, el umbral que fija la obligación de presentar la declaración no se determina con la suma del total de bienes en el exterior.
El formulario no supone pagar más impuestos, ya que se trata de una declaración informativa. Sin embargo, tiene importantes consecuencias económicas. Ello es así porque incumplir la nueva obligación implica la imprescriptibilidad de las rentas ocultas. Si un contribuyente abrió una cuenta en Suiza con renta no declarada de un millón de euros en 2004 -ejercicio que ya está prescrito- Hacienda, con la legislación actual, solo puede reclamar los intereses logrados por esta cuenta en los últimos cuatro años, pero no el capital total.
Ahora, con el cambio normativo incluido en la nueva ley contra el fraude fiscal que se aprobó el pasado octubre, el contribuyente deberá informar de esos bienes y, en caso contrario, el capital total evadido será objeto de regularización y sanción, con independencia de que el supuesto fraude o delito fiscal ya esté prescrito. Dicho de otra forma, si un contribuyente mantiene dos millones de euros en una cuenta suiza, no presenta la declaración informativa y Hacienda le descubre, deberá tributar por todo su patrimonio al marginal del IRPF. Además, sobre la cuota resultante se impondrá un sanción de hasta el 150% y el contribuyente descubierto deberá abonar los intereses de demora. En muchos casos, Hacienda aclara que la cuota defraudada superará los 120.000 euros y, por lo tanto, el fraude fiscal se convertirá en delito fiscal.
De todas las medidas incluidas en la nueva ley contra el fraude, la obligación de declarar los bienes en el extranjero es la que ha generado más recelo entre los contribuyentes con altas rentas. De hecho, el cambio legislativo se hizo, en buena medida, para atemorizar a los contribuyentes y empujarles a acogerse a la amnistía fiscal. Sin embargo, la regularización tributaria solo logró una recaudación de 1.200 millones de los 2.500 previstos.
¿Cómo rellenar el modelo 720?
El modelo 720 deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática a través de Internet. No obstante, se va a poner a disposición de los obligados tributarios un programa de ayuda con el objeto de facilitar tanto la obtención de los ficheros como su adecuada transmisión y que, al mismo tiempo, facilita su correcta cumplimentación.
Los pasos para rellenar el modelo 720 son los siguientes:
- El declarante entrará en la web de la Agencia Tributaria seleccionará el modelo a presentar, modelo 720 Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. A continuación procederá a transmitir la correspondiente declaración con la firma electrónica generada al seleccionar el certificado previamente instalado en el navegador a tal efecto.
- Si la declaración es aceptada, la Agencia Tributaria mostrará en pantalla los datos de registro de tipo 1, validados con un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación.
- El declarante deberá conservar la declaración aceptada, el modelo 720, así como el registro tipo 1 debidamente validado con el correspondiente código seguro de verificación.
- A continuación la Agencia Tributaria efectuará un proceso de validación de los datos suministrados de forma telemática, en el que se comprobará que las características de la información se ajustan a las especificaciones establecidas de acuerdo con los diseños físicos y lógicos.
Fuente: Cincodias.com (31/1/13)
- Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720
- Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo,por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público
- Declaración especial y otras medidas tributarias introducidas por el RDL 12/2012 de 30 de marzo
- DLey 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa y presupuestaria y de adecuación de la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude
- Hacienda obliga a identificar cuentas y bienes en el extranjero desde hoy y hasta el 30 de abril
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