La tributación de las indemnizaciones por despido que España acaba de estrenar (se encuentra en vigor desde el día 20 del mes pasado y sólo deja libres los primeros 20.000 euros por año trabajado) no constituye un fenómeno nuevo en la Unión Europea (UE). De hecho, lo raro es justo lo contrario, hasta el punto de que, tras el cambio que ha supuesto la reforma fiscal en nuestro país, prácticamente sólo queda Francia como caso de excepción.
Así, en el país presidido por Françoise Hollande ni un céntimo de este tipo de compensaciones acaba en las arcas de Hacienda. Así ocurre con independencia de la cuantía que el afectado acabe cobrando y sin considerar tampoco la manera en que se ha llegado a fijar esa cantidad.
Es decir, igual da que haya habido un acuerdo entre el despedido o la empresa o que ambas partes hayan tenido que ponerse ante un juez. En suma, si un contrato contempla el derecho a la indemnización (y solamente dejan de hacerlo los que tienen una duración de seis meses a un año), el fisco galo considera que ése es un asunto entre el trabajador y el empleador en el que no debe inmiscuirse. Muy diferente es la situación en otros países europeos.
Alemania, sin excepciones
Para los alemanes, la situación es bien sencilla, de partida: toda indemnización por despido constituye un rendimiento por trabajo y, por tanto, tiene que tributar en el tramo del IRPF que le corresponda (una indemnización a partir de 30.000 euros puede hacerlo al 33% aproximadamente).
A partir de ahí, comienzan las complicaciones, primero derivadas del hecho de que Alemania es un país federal y, por tanto, cada uno de los Länder tiene competencias fiscales. Pero no es solamente una cuestión de organización política; Alemania es un país con una compleja regulación laboral también según sectores de actividad.
Además, en el caso de que las partes lleguen a juicio, es frecuente que el juez tenga muy en cuenta la situación personal del trabajador a la hora de fijar una cantidad.
Dinamarca: margen amplio
El mercado de trabajo danés ofrece muchas posibilidades para despedir; de hecho, no existe una definición jurídica de lo que es un despido improcedente. Ahora bien, eso no implica que deje de preverse y puede llegar a cobrarse hasta seis meses de salario (los cuales también tributan).
Igualmente es cierto que las empresas danesas pagan unos impuestos notablemente altos en concepto de planes sociales (por ejemplo, para formación de trabajadores) en comparación con el resto de países de la Unión.
Reino Unido fija un mínimo
Las indemnizaciones por despido británicas no se caracterizan por su generosidad, sino todo lo contrario. Es más, desde 2011 únicamente tienen derecho a su mínimo los trabajadores que llevan dos años en la empresa (y no uno como ocurría antes de ese ejercicio).
Además, el Gobierno fija la cantidad semanal máxima que se puede cobrar por semana trabajada en un determinado año, la cual se puede ver incrementada durante el juicio por el salario de tramitación, hasta que el juez se pronuncie.
Estas circunstancias explican que, aun cuando las indemnizaciones están gravadas muy poco gente acabe pagando a Hacienda. Ello se debe a que la tributación se aplica a partir de 36.000 euros, una cota que muy gente alcanza y por lo tanto quedan exentos.
Italia, un caso complejo
En el país transalpino, a diferencia de lo que ocurre en Reino Unido, se dan casos en los que el límite del mínimo exento es muy bajo y, a partir de 300 euros, el fisco ya puede llevarse su parte en la declaración del Impuesto sobre la Renta.
De todos modos, resulta difícil establecer una pauta general ya que Italia es un país con una legislación laboral muy compleja, semejante a la española hasta hace muy poco, con más de 40 tipos de contratos diferentes.
Bélgica hila más fino
El país que acoge a la capital de la Unión Europea se distingue notablemente con respecto al régimen de las indemnizaciones por despido.
No en vano su vinculación a los años trabajados dista de ser tan estricta como en otros países, mientras que los jueces tienen en cuenta aspectos más sutiles como estimaciones acerca del tiempo que tardará el afectado en encontrar un puesto semejante, sobre todo en cuanto a sueldo, del que ha sido echado improcedentemente. Eso sí, reciba lo que reciba, deberá tributar por ello.
La ‘troika’ dicta en Portugal
Tras la petición de rescate, y el aterrizaje de los hombres de negro de la troika, Lisboa tuvo que acometer una reforma laboral que redujo las indemnizaciones a 20 días por año trabajado con un límite máximo de un año (incluso puede llegarse a un máximo de doce días); anteriormente, los trabajadores lusos podían cobrar hasta 30 días sin someterse a ninguna restricción.
En cuanto a la tributación, más allá del IRPF, pueden sufrir retenciones también de la Seguridad Social en caso de que haya habido acuerdo con estas entidad.
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