Cuando usted compra una vivienda nueva, sepa que aproximadamente el 50% del precio final que paga equivale al coste que ha tenido para el promotor el suelo sobre el que se ha edificado. La otra mitad se divide entre un 25% de costes de construcción y margen para el vendedor y el 25% restante de impuestos.
Por este motivo, los promotores se muestran convencidos de que existe margen para reducir muchos de esos costes y conseguir viviendas de igual calidad, pero más asequibles. Sobre todo, pensando en las nuevas generaciones de jóvenes, los conocidos como milennials y la generación Z. Entre ambos, más de 12 millones de personas, de las que el 80% aún no se ha emancipado.
El informe presentado ayer por CEOE hace especial hincapié en la fiscalidad. Según un estudio pormenorizado de los impuestos y tasas que soporta una promoción de viviendas, desde la solicitud de los primeros permisos, hasta la entrega de las llaves, para una casa de 140.000 euros, cuyo precio final con el IVA y otros tributos se eleva a 157.500 euros, hasta un total de 39.281,97 euros, o el 24,9% del total, corresponde a la fiscalidad.
Ese dinero se distribuye en 11 tasas municipales, seis impuestos locales, cuatro tasas autonómicas, otros dos impuestos también autonómicos, y dos impuestos estatales. A ello hay que sumarle los gastos de notaría y registro, así como las retenciones de IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social que deben abonar las empresas por los trabajadores que intervienen en la construcción. Estas últimas consideradas por los empresarios como el principal impuesto al trabajo.
Los promotores aprovecharon ayer la presentación de este estudio para demandar que las distintas Administraciones realicen un ejercicio de racionalización de estos impuestos, de manera que se eviten duplicidades y se acabe con la discrecionalidad de los ayuntamientos para determinar la base imponible de algunos de esos impuestos.
Asimismo, la patronal se mostró ayer preocupada por los elevados costes de las tasas que soportan las distintas licencias que han de solicitar los promotores cuando se inicia la construcción de las viviendas. Además, denuncian que en demasiadas ocasiones los consistorios utilizan formas de calcular el impuesto o tasa a cobrar que no se corresponden con la realidad.
Por este motivo, exigen que el cálculo de dichas tasas se realice sobre el coste real y efectivo del servicio prestado, así como que la liquidación definitiva del ICIO sea sobre el coste real de la construcción de la edificación.
En el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), dicen los empresarios que es preciso acabar con la discrecionalidad de los municipios para la determinación de la base imponible del impuesto. Respecto al tipo impositivo, casi todos los ayuntamientos aplican el 4% del Presupuesto de Ejecución Material (PEM), si bien existen diferencias con incrementos de casi el 50% en la determinación de ese PEM entre distintos ayuntamientos.
El impuesto sobre bienes inmuebles, más conocido como IBI, cuyo propósito no es gravar la actividad productiva, sino el valor de los inmuebles, contempla una bonificación del 90% para la obra en curso, desde el comienzo de la misma y durante los tres años siguientes.
El estudio elaborado por la CEOE plantea que dado que existe mucho producto terminado que no ha podido venderse en los referidos tres años, parece conveniente revisar dicho plazo, ampliándolo a un año más para poder comercializar el producto no vendido. Recuerdan que hay productos en stock en otros sectores en los que no se soporta el impuesto hasta que no se realiza su venta.
Y en otro de los tributos locales más polémico, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido popularmente como la plusvalía, se considera de especial interés que «el cálculo sea por la diferencia entre el valor catastral de adquisición y el valor catastral presente, considerándose irreal y erróneo el método de proyección del valor catastral presente». La patronal sostiene que si se prueba con hechos objetivos que el precio de adquisición del suelo es superior al precio en el momento de transmisión de las viviendas, no debería haber hecho imponible dado que no hay incremento de valor.
En los ámbitos autonómico y estatal, la patronal también reclama un replanteamiento del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, ya que «parece difícilmente justificable que se grave reiteradamente el objeto del proceso promotor». Por ello se propone establecer un tipo máximo que las comunidades autónomas no puedan superar, con el fin de fomentar la unidad de mercado. También, reclaman suprimir la tributación de algunas operaciones, como los préstamos hipotecarios.
Expertos consultados por CincoDías coinciden en que en la fiscalidad inmobiliaria existe «mucha paja» que es necesario eliminar, ya que los beneficiados serían los compradores finales, pero también promotores y constructores, cuyos costes disminuirían, impulsando con ello la actividad y el empleo.
Fuente: Cincodias.com (11/10/16)
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