Qué debe hacer si encuentra un tesoro en su parcela

La Administración tendrá que pagar 6 millones de euros al expropietario de una finca en Cuenca donde se encuentra un mosaico del Imperio Romano que el Ayuntamiento expropió a cambio de 7.500 euros.

Un mosaico extraordinario

Calificada como la Pompeya Española, la Villa Romana de Noheda, en Cuenca, está a punto de escribir un capítulo más en su milenaria historia. Una comisión especial de valoración acaba de decidir que la Administración deberá pagar al antiguo propietario de la finca en la que se encuentra este yacimiento una compensación de seis millones de euros por la expropiación del terreno (y su contenido histórico), frente al intento del Ayuntamiento de Villar de Domingo García de hacerse con la parcela a cambio de 7.500 euros.

Aunque las primeras piedras del yacimiento se descubrieron por casualidad, mientras se araba la tierra, en la década de los ochenta, el mosaico no apareció hasta hace poco más de una década. Pocos sospechaban entonces que se trataba de uno de los mosaicos figurativos de época romana más grandes y mejor conservados del mundo. Y, aunque muchos dirían que su valor era incalculable, el debate estaba servido. La Administración estaba dispuesta a pagar unos pocos miles de euros, mientras que los especialistas hablaban de millones.

La familia propietaria de la finca intentó negociar con el Gobierno de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento local la donación del yacimiento a cambio de constituir una fundación con el nombre del propietario y un puesto de carácter vitalicio en el patronato para él y sus herederos.

Pero las negociaciones no prosperaron. En 2013, tras ser declarado el yacimiento como bien de interés social, se inicia el proceso de expropiación forzosa de la finca. Sin embargo, el Ayuntamiento de la localidad sólo incluye en la relación de bienes enajenados la parcela, pero no el yacimiento arqueológico, en general, ni el mosaico, en particular.

Valorando únicamente la finca, el propietario recibiría sólo 7.500 euros, por lo que recurrió la decisión, dando así comienzo a una batalla legal que ahora podría llegar a su fin, siempre y cuando el Consistorio de Villar de Domingo García no recurra el acuerdo adoptado por la comisión especial de valoración auspiciada por el Instituto de España. En esta resolución, se informa de que la compensación al antiguo propietario de la finca debe ser de seis millones de euros.

Si bien el valor de este conjunto histórico puede alcanzar los 50 millones de euros, según algunos expertos, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que la compensación “debe acercarse al valor razonable de mercado”, según explica Manuel Serrano, socio de Serrano  Alberca & Conde y letrado que ha representado los intereses del expropiado.

Este experto asegura que, cuando existe un interés justificado, algo que ocurre prácticamente siempre que un bien es declarado de interés público, un particular no puede oponerse a una expropiación forzosa, pero sí tiene derecho a recibir el cien por cien del valor de la expropiación del terreno, incluyendo su contenido. Por otra parte, la Ley de Patrimonio Histórico establece un premio del 50% del valor para hallazgos de este tipo, siempre y cuando se informe a la Administración en un plazo de 30 días desde el descubrimiento.
Un particular no puede oponerse a una expropiación, pero tiene derecho  a una compensación
Panorámica del yacimiento de la Vila Romana de Noheda (imagen de la izquierda), descubierto hace una década, y detalle del mosaico que alberga en su interior (imagen superior), uno de los más grandes que se conocen de la época del Imperio Romano en todo el mundo.

Cómo conseguir un precio justo
Cuando se descubre  un tesoro arqueológico por casualidad, hay  que comunicarlo inmediatamente a la Administración competente. Como autoridad local, el Ayuntamiento es una de las mejores opciones por cercanía y accesibilidad.

Esta comunicación  es imprescindible para recibir lo que se conoce como ‘premio’, es decir,  el 50% del valor  del hallazgo.

Cuando existen indicios previos y se realiza una investigación, la Ley  de Patrimonio Histórico establece un plazo  de 30 días para informar sobre el descubrimiento.

Si el bien es declarado de interés público, la Administración puede iniciar una expropiación forzosa, a la que un particular no puede oponerse.

El dueño de los terrenos tiene derecho a recibir una compensación justa, incluyendo el contenido de los terrenos e incluso los futuros hallazgos que puedan producirse, según explican desde Alberca Serrano & Conde.

Fuente: Expansion.com (14/4/16) 

Más información:

  • https://www.youtube.com/watch?v=y69zowKWUv8
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