El Ministerio de Empleo pone límites a las falsas cooperativas de autónomos, empresas que actúan como intermediarias para permitir que trabajadores por cuenta propia se escabullan de cotizar como tales. Lo hace con una sanción a la más popular y la mayor de este tipo de firmas: Fidelis Factu, S. Coop., comercialmente conocida como Factoo. Está obligada a disolverse, porque Empleo considera probado que su actividad no es la de una auténtica cooperativa.
La labor de Factoo es la conocida en el mundo laboral como “cooperativa de facturación”. Actúa a cambio de una comisión como intermediaria entre profesionales con la Seguridad Social y Hacienda para facturar sus trabajos. De esta forma, el empleado no se da de alta como autónomo y paga menos impuestos, porque factura como si fuera trabajador de una cooperativa, a la que puede estar asociado solo unos días. La decisión del Ministerio ha sido contundente: descalificar a Factoo, según informó este jueves Empleo en un comunicado. Supone la disolución de la empresa como cooperativa en base al artículo 116 de la Ley de Cooperativas, aunque la compañía podrá reclamar, según fuentes de la Administración.
“El caso se ha mirado con lupa. No es normal que se descalifique una cooperativa, pero el informe es claro”, aseguraron fuentes del Ministerio. “La empresa no realiza actividad cooperativizada alguna”, añaden estas fuentes. La investigación, iniciada en febrero, la llevó a cabo la Inspección de Trabajo de Valencia, donde tiene la sede Factoo.
En el informe se consideran probadas numerosas infracciones graves, como la existencia de socios simulados. Es decir, trabajadores por cuenta propia y no socios reales, como figuraban. “Son trabajadores por cuenta propia dedicados a cualquier actividad”, dice el comunicado de Empleo. “Es un uso irregular [de la figura de la cooperativa] que se puede considerar como fraude”, argumentan desde la Administración. El informe también destaca que en los dos años que lleva activa Factoo ha dado de alta a más de 5.000 afiliados —según la empresa supera los 16.000—. Además, solo se daban de alta durante escasos días, lo que supone una vinculación anómala, ya que los profesionales de una cooperativa de trabajo asociado tienen, en principio, una relación laboral indefinida.
La contundencia de la decisión se sostiene asimismo en el informe favorable de la Abogacía del Estado, que concluye que resulta acreditada la infracción de la cooperativa y se cumplen los requisitos para la descalificación.
Sanciones a trabajadores
La inspección de trabajo, que considera grave la infracción grave, no se limitó solo a sancionar a la empresa. Es más, el inicio de la inspección fue tras abrir investigación a algunos de los trabajadores que facturaban a través de la cooperativa. “Hubo sanciones individuales, con casos de facturaciones altas, no de 300 o 400 euros”, explicaron fuentes del Ministerio.
Factoo mantenía este jueves su funcionamiento en Internet. La empresa no hizo declaraciones, pero hace unos días decía a este periódico que las investigaciones no se limitan a ellos, sino a otras cooperativas similares. Además, defendía la legalidad de su servicio: “Factoo es una cooperativa de trabajo asociado totalmente legal que opera desde hace tiempo en España y con gran éxito. Damos un servicio completo a nuestros asociados que va más allá de la mera facturación de sus trabajos que ha levantado la polémica”.
Desde la asociación de empresas de trabajo temporal Asempleo ya se alzó la voz sobre este fenómeno hace unas semanas, que calificaban de fraude. Trasladó su queja a la CEOE y al Ministerio de Empleo, aunque este ya se encontraba inmerso en esta investigación. “Lo hemos detectado al perseguir la figura del falso autónomo”, reconoce el presidente de Asempleo, Andreu Cruañas. Según esta asociación de empresas de trabajo temporal, que cifra en unos 20.000 los trabajadores que han usado las falsas cooperativas de autónomos, promocionaban el servicio como una forma de ahorro ante Hacienda y la Seguridad Social. “Hacían publicidad en la que decían que podían pagar hasta un 15% menos que como autónomo”, afirma Cruañas.
Según el cálculo del ahorro que presenta Factoo en su web, de cada 1.000 euros brutos facturados, el asociado solo paga 56,5 euros a la Seguridad Social, 59,5 por los gastos de gestión y alrededor de 20 euros como retención del IRPF. En cambio, quien hiciese esta misma factura dado de alta como autónomo abonaría 267 euros a la Seguridad Social —en los seis primeros meses de autónomo con la tarifa plana solo serían 50 euros—, 50 euros por los costes de gestoría, y 190 euros de IRPF, una retención del 19%.
Así funciona la empresa sancionada
Supuesta cooperativa. La empresa a la que Empleo obliga a disolverse se promociona como una “cooperativa de trabajo asociado” y bajo la premisa “cotiza solo el tiempo que trabajes”. Se ofrece como intermediario para aquellos que realizan actividades por cuenta propia, para que, en lugar de darse de alta de autónomos, facturen sus actividades a través de Factoo. Así, asegura, evitarán gastos en la Seguridad Social y en impuestos.
Cuota de socio. Los usuarios de Factoo tienen que inscribirse en su web y abonar una cuota de socio de 30 euros para ser cooperativistas. Esta cantidad se reembolsa íntegramente al darse de baja si han realizado al menos diez facturas o ingresado más de 1.500 euros. En caso contrario, solo se devolverán 10 euros.
Emisión de facturas. Los usuarios de la cooperativa pueden emitir facturas a sus clientes a través de esa cooperativa, sin tener que darse de alta como autónomo o constituir una empresa. Las facturas, eso sí, se emiten a nombre de Factoo, que será la encargada de cobrar por los servicios ofrecidos con el compromiso de liquidar al socio en un máximo de tres días desde el cobro.
Promesa de ahorro. Factoo dice que el ahorro para los usuarios sería de alrededor del 30% de su facturación bruta.
Fuente: Elpais.es (17/8/17) Pixabay.com
Dejar una contestacion