El Sepe no puede dejarte sin paro por un incumplimiento formal, concluye la Justicia

Un incumplimiento formal exento de intencionalidad no es motivo suficiente para que el Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) suprima el derecho a cobrar las prestaciones de los desempleados. Una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Tarragona, que ya ha sido recurrida por el organismo estatal, da la razón a una mujer que permaneció más de 15 días en el extranjero sin comunicarlo.

El auto judicial asume que puede imponerse una sanción pero esta no puede ser tan lesiva como para dejar a la persona sin cobrar «el paro». En este caso concreto, ocurrido en 2018, el Sepe anunció a la beneficiaria la retirada de prestación al saber de su «prolongada» ausencia en el país dos años atrás. Además, le comunicaba que había cobrado indebidamente 10.817,72 euros por lo que debía devolver ese dinero.

La sentencia insta al SEPE a restituir la prestación a la mujer y revoca la sanción que le imponía la devolución del dinero recibido. Entiende que en su actuación no medió culpa «ni siquiera por negligencia» ya que acreditó la situación en el momento en que fue requerida.

T.L., ucraniana de 60 años residente en España, tenía reconocido desde 2016 el derecho a un subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Como ocurre con otras prestaciones, solo tenía permiso para salir de España una vez al año durante 15 días. En caso de no cumplir alguna de estas condiciones, debía comunicarlo.

Ese año, voló hasta su país natal para pasar unos días. Allí enfermó de neumonía, lo que prolongó su estancia en la nación al permanecer hospitalizada durante casi un mes. Al saber tiempo después por la Policía de la prolongada ausencia del país, el Sepe adoptó las contundentes medidas anuladas por el juez.

«La situación en que se encontraba era profundamente injusta, y nos hace entender lo implacable que puede llegar a ser la entidad gestora por cuestiones cuasi formales«», explica su abogado, Víctor Canalda, en declaraciones al Diari de Tarragona.

Si bien es cierto que para salidas al extranjero por más de 15 días los beneficiarios de prestaciones de desempleo deben comunicarlo con antelación, en este caso la demandante iba a realizar un viaje a Ucrania por 10 días, por lo que no comunicó al SEPE sus intenciones. A los dos días de llegar cayó enferma por neumonía grave lo que cambió sus planes iniciales.

El organismo tardó dos años en pedir a la mujer que justificase su salida y no tuvo en cuenta sus motivos, por lo que la supuesta deuda por cobrar de forma indebida se acumuló durante todo ese perído. A pesar de que la sentencia no es firme, la demandante podrá seguir percibiendo el subsidio, al menos hasta que se resuelva el recurso de suplicación planteado por el Sepe.

Fuente: elcomercio.es (26/4/21) Pixabay.com

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