El Consejo de Ministros de este viernes tiene previsto aprobar un real decreto-ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler que, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el sábado, entrará inmediatamente en vigor.
Será la primera medida efectiva del Gobierno en materia de vivienda desde su llegada a La Moncloa y forma parte de su compromiso con Podemos para que la formación morada apoye los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2019.
El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, ya anunció este martes que tenía previsto aprobar antes de fin de año el real decreto-ley con medidas urgentes en materia de vivienda. Dicho y hecho. Tal y como avanzó, el documento recogerá varias medidas que tanto inquilinos como caseros deberán tener en cuenta a partir de este sábado a la hora de formalizar sus contratos de alquiler:
1.- Ampliación de tres a cinco años de la prórroga obligatoria de los contratos de alquiler. Hasta ahora y desde el pasado mes de junio de 2015, con la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), los inquilinos, aunque en el contrato se haya hecho constar una duración inferior a tres años, podían permanecer en el inmueble, a través de prórrogas en el contrato, hasta tres años. Es decir, se volvería al escenario anterior al cambio legislativo de hace tres años.
2.- Limitar a dos mensualidades la fianza que se podrá exigir a los arrendatarios. Tanto PSOE como Podemos han dejado claro en sus respectivas propuestas de ley que quieren limitar las finanzas o los avales adicionales que exige un arrendador para alquilar una vivienda. En muchas ocasiones, las fianzas son tan elevadas que impiden el acceso a una vivienda en alquiler a buena parte de la población.
3.- En los casos en que el arrendador sea una persona jurídica, deberá asumir los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato. En la actualidad, quienes acuden a una agencia inmobiliaria para encontrar un piso en alquiler deben abonar a la misma una mensualidad, lo que encarece sensiblemente la factura inicial para poder acceder a una vivienda en alquiler.
Medidas entre las que previsiblemente también habrá de índole fiscalpara estimular la oferta de vivienda, moderar los precios e impulsar la rehabilitación. De hecho, los socialistas abogaban al comienzo de su mandato por conceder importantes desgravaciones fiscales para quien decida alquilar una vivienda por debajo de determinados límites.
Por otra parte, el Ministerio de Fomento también quiere impulsar medidas que permitan una mayor coordinación entre los servicios sociales y los tribunales en los casos de desahucios, para lo que contempla cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil en los casos relativos a desahucios que afecten a personas o familias vulnerables para que se paralicen los procedimientos hasta que intervengan los servicios sociales.
Asimismo, el Gobierno quiere optimizar el uso del parque de vivienda con medidas como la exclusión de la vivienda de uso turístico de la LAU o la definición de las viviendas vacías.
Por otro lado, se saca la vivienda turística de la regulación de la LAU al tratarse de una actividad económica. “Para favorecer la convivencia en los edificios de viviendas, se Se modifica la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal”, afirmó el ministro Ábalos.
- Se habilita la posibilidad de que, por mayoría cualificada de tres quintas partes de los propietarios, las comunidades de vecinos puedan adoptar acuerdos que limiten o condicionen el ejercicio de la actividad del alquiler turístico de vivienda.
Para Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista, “en un contrato de alquiler siempre hay dos partes, el propietario y el inquilino. Desequilibrar la balanza como ha hecho el gobierno cambiando la LAU con medidas que penalizan a los propietarios acabarán provocando que la oferta sea menor y los precios suban. Hemos echado en falta más soluciones que animen a los propietarios de casas vacías a ponerlas en alquiler y con lo aprobado por el Gobierno se genera más incertidumbre legal y aumenta la desconfianza”.
En cuanto a las medidas fiscales que favorecen al inquilino se reducen las cargas que afectan al mercado del alquiler de vivienda habitual:
Ofrecer más seguridad al arrendatario
Para dar mayor protección a los hogares vulnerables y seguridad jurídica en el procedimiento de desahucio de vivienda en alquiler, se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Una vez el juez ordena el desahucio del inquilino, los servicios sociales pueden interrumpir dicho desahucio en caso de que haya una situación de vulnerabilidad por parte del inquilino y hasta que se le busque una alternativa habitacional. El desahucio se interrumpirá por el plazo de un mes si el inquilino es particular y se paralizará por el plazo de dos meses si el inquilino es una empresa.
- Se mejora la coordinación entre los órganos judiciales y los servicios sociales competentes y facilitar la adopción de medidas para atender los casos de las familias de menor capacidad económica, vulnerabilidad social o con mayores cargas familiares. Entre ellas, establecer trámites y plazos que ofrecen mayor seguridad jurídica tanto a inquilinos como a propietarios.
Limitar el precio del alquiler
Respecto a la propuesta con el apoyo de Podemos de controlar los precios de alquiler, una medida que ha levantado ampollas en el sector inmobiliario y que incluso ha sido criticada por el FMI, desde el Ministerio han dejado la puerta abierta a que esa medida llegue tarde o temprano, bien sea en este real decreto vía enmiendas, bien en la Ley de Vivienda que está preparando el Gobierno.
Se trata de una ley que va más allá de este paquete de medidas urgentes, y cuya visión a más largo plazo.
«Se habla de barrios y zonas con precios especialmente tensionados. Hay varias maneras de abordar qué se puede hacer y es necesario asegurar que se generen efectos positivos. Necesitamos reflexionar porque es un tema de complejidad técnica grandísima», señalan desde Fomento.
Fuente: Elconfidencial.com (13/2/18) Idealista.com (14/12/18) Pixabay.com