Cotizaciones a la seguridad social y al desempleo: se lo explicamos

Uno de los impuestos menos comprendidos por la población general son las cotizaciones a la seguridad social y al desempleo. Las primeras sirven para cubrir las jubilaciones y las segundas las prestaciones por desempleo. Además hay una tercera aportación menor para la Formación Profesional (FP).

Estas cotizaciones aparecen en nuestra nómina y cargan un 4,70%, un 1,55% y un 0,10% respectivamente, totalizando un 6,35%, sobre el sueldo bruto. Sin embargo estos porcentajes son engañosos ya que la empresa paga por los mismos conceptos un 23,60%, un 5,50% y un 0,60% respectivamente, totalizando un 29,70% sobre la misma base anterior. Adicionalmente paga un 0,20% para el FOGASA que cubre las indemnizaciones en caso de quiebra de la empresa.

El total por estos conceptos es de un 36,25%.

Todos estos porcentajes son fijos, independientemente del importe del sueldo. Corrijo, si tienes un sueldo bruto superior a 3.262,50€ mensuales la parte que supera esa cantidad no paga por ninguno de estos conceptos. Eso también implica que hay una pensión máxima y una prestación por desempleo máximas que llegada a esa cotización no se puede superar.

¿Importa mucho que una parte aparezca en la nómina y otra la pague directamente la empresa? No, ya que al final todo es un coste salarial para la empresa y ninguna de las dos cotizaciones afecta al IRPF del trabajador.

Resumiendo que si un trabajador recibe 1.000€ brutos, en realidad la empresa ha pagado 1.299 € y el trabajador recibe 936,50€ antes de IRPF. Esto equivale a un impuesto del 27,90% sobre el total del coste salarial.

Pero como existe una base máxima sobre la que aplicar este impuesto, si alguien (un Rodrigo Rato cualquiera) cobrase por ejemplo 600.000 € brutos (limitados por ser un directivo de un banco intervenido), pagaría por ese mismo concepto un mísero 2,30%. Claro que luego en IRPF pagaría alrededor de un 48%, que sumado le suponen un 50,30% de fiscalidad.

¿Cuánto paga un trabajador que se quede justo en la base máxima, unos 39.000€ brutos al año? Pues teniendo en cuenta que para esos ingresos su cotización del IRPF rondará el 22%, su fiscalidad total será del 49,90%. ¿Alguien dijo progresividad?

Más allá de consideraciones de justicia social y de si no se pueden mezclar cotizaciones a cuenta de una promesa de jubilación futura e impuestos que cubren las inversiones y el gasto corriente, uno le cabe pensar si esta fiscalidad es social y económicamente óptima para una sociedad.

Imaginemos que queremos pintar nuestra vivienda. Tenemos dos opciones, o la pintamos nosotros mismos en nuestro tiempo libre o lo encargamos a una empresa. Dado que la empresa tiene profesionales con experiencia y dispone de mejores herramientas esta será más productiva que nosotros (tardará menos horas). Sin embargo si el coste salarial de ese trabajador hay que sumarle casi un 30% de cotizaciones, más un 18% de IVA, más el margen que se pueda llevar la empresa, resulta que para que salga a cuenta ese trabajador tiene que ser un 50% más productivo que nosotros.

Ese margen de productividad es muy difícil de conseguir. Al final, los trabajos que requieren mucha mano de obra (reformas, jardinería, limpieza,…) tienen demasiados incentivos para entrar en la economía sumergida, y el que no quiere entrar acaba no pudiendo competir en precios.

Uno se pregunta si la endémica alta tasa de paro de España (un 8% de paro es un dato horrible para la mayoría de países, menos en España que nos parece pleno empleo) no tendrá que ver con la alta fiscalidad sobre el trabajo.

Un posible remedio a esto sería recaudar mediante un aumento del IVA una parte de esas cotizaciones para poder rebajarlas y promocionar así el empleo, que tanta falta nos hace.

Fuente: gurusblog.com (11/7/12)

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