Confirmado: se mantiene el límite máximo de facturación (módulos) de 125.000 euros

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un real decreto-ley urgente con varios asuntos en materia fiscal, que incluye la prórroga para 2020 de los límites de facturación en la tributación por módulos en el IRPF de los autónomos, la prórroga del Impuesto de Patrimonio y la actualización -al alza o a la baja- de los valores catastrales mediante aplicación de coeficientes.

Así lo ha anunciado la portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, en la rueda de prensa posterior al último Consejo de Ministros del año 2019, en la que ha explicado que el Ejecutivo ha tenido que recurrir al instrumento legal del real decreto-ley al esar en funciones y no haber podido proceder a la tramitación de las medidas por el cauce parlamentario ordinario.

En concreto, prorroga para el período impositivo 2020, por quinto año consecutivo, los límites de facturación delimitada en la tributación por módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Así, los trabajadores por cuenta propia no podrán tributar por el método de estimación objetiva cuando el conjunto de sus actividades supere los 250.000 euros o cuando la facturación a otros empresarios o profesionales sobrepase los 125.000 euros. Si no se hubiera aprobado este real decreto-ley, los límites anteriores quedarían establecidos en 150.000 euros y 75.000 euros, respectivamente.

Esos límites afectan casi en su totalidad al colectivo de autónomos transportistas.

Además, los autónomos que adquieren bienes y servicios hasta 250.000 euros podrán mantenerse en el sistema de módulos. Estaba previsto que este límite se redujera a 150.000 euros en 2019.

En cuanto al número de trabajadores autónomos que se verán beneficiados de esta medida, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, cifra en medio millón de autónomos el número de beneficiarios de la prórroga del decreto. Los datos los aportó en noviembre del año pasado cuando anunció la prórroga de los umbrales para tributar por el sistema de estimación objetiva.

Fuente: Eleconomista.es (27/12/19) Cincodias.com (27/12/19) Pixabay.com

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