La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podría poner patas arriba el mercado de transporte de paquetería en España con una reciente resolución.
En opinión del regulador, el requerimiento de cese de la actividad de transporte de pequeñas mercancías en el maletero de turismos de menos de dos toneladas de MMA, empleados habitualmente para la actividad de VTC, que hizo la Comunidad de Madrid a una empresa del sector que lanzó Cabify de paquetería durante el confinamiento del año pasado «podría ser innecesario y desproporcionado».
Competencia estima que «la normativa sectorial de transporte excluye la autorización para el transporte de pequeñas mercancías en vehículos de MMA no superior a dos toneladas», por lo que no ve razón para que a esta empresa se le impida realizar estos servicios. Respondía así a las quejas de los transportistas y de los taxistas que entendían que los VTC estaban realizando competencia desleal.
Ahora, sin embargo, Competencia se ha manifestado sobre esta resolución de las autoridades madrileñas considerándola “innecesaria y desproporcionada”, al menos para el envío realizado en maleteros de turismos de menos de dos toneladas de masa máxima autorizada (MMA). En este sentido, la CNMC recuerda que la normativa sectorial de transporte excluye la necesidad de autorización para el transporte de pequeñas mercancías en vehículos de MMA no superior a dos toneladas. Respondía así a las quejas de los transportistas y de los taxistas que entendían que los VTC estaban realizando competencia desleal.
Por otro lado, añade que la interpretación de que los vehículos adscritos a la actividad de VTC deban emplearse exclusivamente para el transporte de viajeros, sin que puedan efectuar el transporte de pequeñas mercancías, no sería conforme con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. Además, concluye que el uso del compartimento específico de carga de los vehículos de turismo permitiría realizar la actividad con seguridad, de modo que estos vehículos serían “adecuados” para el transporte de pequeños envíos.
En esta misma línea, la CNMC considera que obligar a los vehículos VTC a realizar exclusivamente transporte de viajeros, sin que puedan efectuar el transporte de pequeñas mercancías, sería contrario a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.
Finalmente, el organismo conluye, además, estas empresas están en condiciones de realizar el servicio con seguridad, por lo que «tales vehículos serían adecuados a los fines del transporte descrito».
El 8 de abril del año pasado, ‘Cabify Envíos’ anunció su entrada en el envío de paquetes con el fin de compensar la caída de actividad que registraba el servicio a viajeros desde la declaración del estado de alarma y el inicio de las restricciones estrictas de movilidad de los ciudadanos. Una semana después recibió un requerimiento de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid para que cesara el servicio al no contar con los requisitos establecidos para la intermediación en el transporte de mercancías por carretera.
Fuente: cadenadesuministro.es (6/3/21) elpais.com (5/3/21) Pixabay.com
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