Si vas a viajar al extranjero y quieres llevar tu dinero en metálico, puedes hacerlo. En el caso de que la cantidad sea igual o superior a los 10.000 euros, tendrás que presentar una declaración ante la aduana. Este trámite se hace previamente rellenando el modelo S-1 de la Agencia Tributaria. Este procedimiento es obligatorio en todos los países de la Unión Europea. Si viajas a otros países es recomendable presentar esta declaración aunque la cantidad trasladada no alcance los 10.000 euros.
- Puedes llevar hasta 10.000 euros sin declarar.
Si viajas al extranjero y quieres llevar tu dinero en metálico, puedes hacerlo. Tanto si viajas con euros como si lo haces con la moneda de otro país, el límite es de 10.000 euros o equivalente. A partir de esta cantidad tendrás que presentar una declaración ante los servicios aduaneros.
España también establece un límite para la entrada de capitales sin declarar. La cifra es la misma: 10.000 euros. Si procedes de otro país y quieres entrar en territorio español con dinero en metálico, la cantidad no podrá superar esta cifra. De lo contrario, tendrás que solicitar una declaración en el país de procedencia.
- Los países de la UE también establecen límites.
En 2007 entró en vigor un reglamento del Parlamento Europeo para la prevención del blanqueo de capitales. Esta normativa obligó a todos los países miembros de la UE a establecer un control en las aduanas. A partir de entonces, se estableció en 10.000 euros el límite de dinero en metálico que los viajeros pueden llevar sin presentar declaración en la aduana. Hasta la entrada en vigor de esta normativa, en España el límite era de 6.000 euros, cantidad establecida en el año 1993.
- Los cheques se consideran dinero en efectivo.
Además de los billetes y monedas en circulación legal, el artículo 2 del reglamento 1889/2005 del Parlamento Europeo especifica qué se entiende por ‘efectivo’. Si vas a viajar con cheques no olvides que a este efecto están considerados como el dinero en metálico. A partir de 10.000 euros tendrás que declararlos para salir de España o de cualquier otro país de la Unión Europea.
- Por Internet y con 6 días de antelación si no hay aduana.
Si vas a salir de un país que no tiene servicios aduaneros y transportas más de 10.000 euros en metálico, debes hacer la declaración previa con seis días de antelación. Este trámite se realiza de forma telemática ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Descarga, rellena y envía el formulario S-1 de la Agencia Tributaria.
Si llevas más de 10.000 euros en metálico debes descargar y rellenar el formulario S-1 de la AEAT. Completa todos los apartados del 1 al 6 con la información requerida. Los datos del apartado 2 solo debes completarlos si el portador de los medios de pago y el dueño de los mismos son personas diferentes. Si el propietario de los fondos es una persona jurídica, indica el código de identificación fiscal.
Es importante especificar el motivo por el que se transporta el dinero: negocios, turismo, etc. También tendrás que reflejar la compañía y el número de vuelo que vayas a utilizar para viajar. Si viajas en coche, indica la matrícula y el modelo. Si lo haces en barco, el nombre y el distintivo. Si vas a utilizar un vuelo privado, necesitarás el tipo de avión y el identificativo.
En el apartado correspondiente a los medios de pago, indica el tipo de bien que vas a transportar: efectivo, cheque bancario, medios electrónicos u otros. También tendrás que especificar el origen y el destino de los medios.
El apartado 7 lo rellenará la entidad de crédito que recibe la declaración y que justificará el movimiento económico realizado. La última sección la completará el servicio aduanero correspondiente cuando llegues a tu destino.
- Si no declaras pueden incautar tus bienes.
Si no los declaras y superas la cantidad total de 10.000 euros, las autoridades podrán retener tu dinero e investigar de donde procede. La omisión del documento o la falta de veracidad del mismo determinarán la intervención del dinero transportando. También pueden sancionarte con una multa desde 600 euros hasta la mitad del contenido económico de los medios de pago empleados.
Si los servicios aduaneros consideran que hay una clara intención de ocultar la información de los medios económicos, pueden intervenir la totalidad de los mismos.
- Consulta previamente las normas del país de destino.
Aunque la legislación española y europea impide salir del territorio de la UE con más de 10.000 euros, en ocasiones es aconsejable declarar un importe importante aunque no supere los 10.000 euros. Consulta en el Ministerio de Asuntos Exteriores los requisitos del país de destino. En algunos casos te pueden obligar a demostrar medios económicos suficientes. En otros, no podrás llevar una cantidad grande de dinero. En algunos países ni siquiera te dejarán salir con una moneda nacional.
Fuente: Lainformación.com (23/3/12)
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