Cómo evitar ser sancionado por llegar tarde o faltar al trabajo por una tractorada

Muchos trabajadores se están encontrando con carreteras y autovías cortadas por las protestas de los agricultores. El enfado de los usuarios es siempre el mismo: “No llegamos a trabajar”. La situación puede acarrear problemas en la empresa. Así hay que actuar si se llega tarde al trabajo, o incluso se falta, por culpa de estas manifestaciones.

En primer lugar, tal y como recuerda José Luis Díez, socio de Everfive Abogados, boutique especializada en Derecho Laboral, existe la obligación de las personas trabajadoras de cumplir con su jornada ordinaria. Partiendo de dicha obligación, hay determinadas circunstancias que pueden afectar a su cumplimiento y que son externas a la voluntad de cada trabajador, como un posible retraso provocado por la huelga de los tractoristas.

En estos casos, la justificación es importante, sobre todos para los empleados que tienen una exigencia de fichar a determinada hora. La justificación debe tener un carácter más oficial que una simple foto. En este sentido, es importante acudir a fuentes oficiales, como la Dirección General de Tráfico o los ayuntamientos, donde se puede corroborar los cortes de tráfico producidos. Además, en el caso del transporte público, se puede pedir un justificante a los propios empleados de la compañía. Incluso, si hay algún agente de la autoridad en el lugar, puede pedírsele que extienda el justificante.

“Como en casi todo lo que atañe a las relaciones laborales, debemos partir de un principio de buena fe, de forma que no debería tener el mismo tratamiento quien diligentemente pone medidas para evitar llegar tarde a su puesto de trabajo, sustituyendo quizás el transporte particular por el metro, si es que existe tal posibilidad, o saliendo simplemente de su domicilio con una mayor antelación, frente a quienes no lo hacen”, señala el abogado José Luis Díez.

Asumiendo que con carácter mayoritario las personas son responsables y ponen las medidas que razonablemente están en su mano, pero que inevitablemente se van a producir retrasos, cabe preguntarse si se trataría de una situación de fuerza mayor justificativa en sí misma, o no. “En mi opinión, esta situación no constituye un supuesto de fuerza mayor, pero sí constituye una situación justificativa del retraso que debería impedir, con carácter general, la imposición de sanciones por parte de la empresa” destaca el socio de Everfive Abogados. “Eso no significa que no haya situaciones especiales en las que un retraso pueda suponer un grave perjuicio susceptible de ser sancionado en virtud de circunstancias concretas, pero con carácter general, entenderíamos que se trata de una situación justificada”, añade el laboralista.

En cualquier caso, José Luis Díez subraya que el hecho de que se considere justificado no impediría que el empresario pudiera llegar a descontar el tiempo que efectivamente no se haya trabajado, o pedir en su caso a la persona que lo recuperase, pero de ello tampoco se derivaría una obligación del trabajador de recuperarlo y salir más tarde, sino de una posibilidad para evitar el descuento proporcional. En definitiva, no sería culpa de las personas trabajadoras, pero tampoco de las empresas.
En algunas empresas, un retraso puede suponer un grave perjuicio susceptible de ser sancionado.

Fuente: expansion.com (10/2/24) pixabay.com

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