Apertura comercio minorista y hostelería: requisitos y compatibilidad con ayudas recibidas

Establecimiento o local comercial minorista y de prestación de servicios profesionales (apertura lunes 4/5/20)

Hoy puedes abrir a excepción que tu local tenga una superficie superior a 400m2 o si eres un centro comercial o tu establecimiento está dentro de un centro comercial sin acceso directo e independiente desde el exterior. 

  • Se establecerá un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento de un único cliente por cada trabajador.
  • Tienes que poner un horario prioritario de atención para mayores de 65 años.
  • Tienes que limpiar el local un mínimo de 2 veces en el día, siendo una de ellas obligatoriamente al finalizar el mismo y tienes que comunicar a los clientes el horario de limpieza y en que el local permanecerá cerrado para realizar esta tarea.
  • Si realizas cambio de turno tendrás que limpiar y desinfectar los puestos de trabajo después de cada turno.
  • Los clientes no podrán utilizar los lavabos de tu establecimiento.
  • En relación a tus trabajadores y clientes: 
    • Se pueden incorporar todos excepto aquellos que estén en aislamiento domiciliario para tener COVID-19 o aquellos que, no teniendo síntomas, se encuentran en cuarentena por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o con COIVD-19.
    • Tienes que asegurar a tus trabajadores todos los materiales de protección individuales adecuados al nivel de riesgo.
    • El fichaje de la jornada laboral que se tiene que seguir realizando y si lo hacen mediante huella dactilar intentar poner a disposición de los trabajadores otros sistemas y a no poder ser, se tendrá que desinfectar después de cada uso.
    • Distancia mínima de un metro entre el vendedor y el cliente y en caso de aquellos servicios que no permitan mantener esta distancia como peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se tendrá que utilizar el equipo de protección individual oportuno. Tienes que señalizar esta distancia de seguridad de un metro con carteles, uso de balizas y señalización.
    • Tendrás que poner a disposición del público dispensadores de gel hidroalcoholico.
    • En las tiendas de ropa, los probadores se tendrán que utilizar por una única persona, después de su uso se limpiarán y desinfectarán. Si un cliente se prueba una pieza y no se la queda, la tienes que desinfectar.


 
Establecimiento de hostelería y/o restauración con terraza (apertura lunes 4/5/20)

  • Se permiten servicios de entrega a domicilio con un reparto preferente a mayores de 65 años.
  • Se permite recogidas al establecimiento y hay que indicar un horario de recogida para evitar aglomeraciones.
  • Solo puedes tener abierto durante el horario de recogida de pedidos.
  • Tendrás que poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcoholicos.
  • Se priorizará el pago con tarjetas u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando el pago en efectivo. Se limpiará el datáfono después de cada uso.
  • En relación a tus trabajadores: 
    • Tienes que asegurar a tus empleados todos los materiales de protección individuales adecuados al nivel de riesgo.

Los autónomos que percibieron la prestación por el Estado de Alarma en marzo, les será abonada en mayo, aunque abran sus negocios

Con el retorno paulatino a la actividad económica son muchas las dudas que han surgido para aquellos que se quieren volver a facturar y atender a sus clientes. Pero en muchos casos se ha solicitado el cese de actividad y abrir con restricciones implica una facturación menor. Pero según ha confirmado la Seguridad Social, abrir el negocio no implica perder la prestación extraordinaria si es trabajador autónomo.

Hay que tener en cuenta que según quedó establecido, una vez aprobada la prestación se percibe hasta el último día del mes que finaliza el Estado de Alarma, por lo que en este caso y prórrogas mediante sería hasta el 31 de mayo, ya que terminaría como mínimo, pendiente de posibles ampliaciones como ya se han anunciado, el 11 de mayo. Y se cobrará el mes entero y no se pagarán las cotizaciones de dicho mes.

Fuente: utreraweb.com (4/5/20) Pixabay.com

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