Ya es definitivo. El próximo 1 de noviembre entrará en vigor el nuevo índice diseñado por el Gobierno que sustituirá al IRPH de cajas, bancos y el tipo CECA. Este cambio afectará a alrededor de un millón de hipotecados, que verán cómo cambiarán sus cuotas en función de la nueva referencia que se les vaya a aplicar. La alternativa depende de lo que aparezca en la escritura del préstamo y, en principio, son tres las posibilidades:
Que en el contrato aparezca un índice de sustitución: Los más afortunados serán aquellos hipotecados que pasen a estar vinculados al euríbor más un diferencial. El euríbor hipotecario a un año es del 0,547%, mucho más barato que el IRPH cajas, bancos o CECA, que asciende al 3,991%, al 3,298% y al 5,875%, respectivamente, según los últimos datos del Banco de España correspondientes al mes de agosto.
Pero lo más habitual es que el tipo previsto en el contrato sea el índice de CECA, que es uno de los que desaparece. En este caso se tomará el nuevo valor, el IRPH de entidades al que se aplicará un diferencial.
Según se precisa en la disposición legislativa, se trata del tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en España. Un referente que se extraerá de la “media de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en que efectivamente se produce la sustitución del tipo”.
Que no haya previsto ningún sustituto del IRPH: Sería el mismo caso al que se enfrentan los hipotecados que pasarían al índice CECA. Se les aplicaría la nueva referencia que fija la nueva Ley de Emprendedores, aprobada hoy en el pleno del Congreso.
Según las previsiones del sector bancario, la diferencia sería apenas de “unas décimas”, aunque la modificación ha causado malestar tanto entre las asociaciones de afectados como entre los grupos de la oposición, que critican que que con la decisión del Gobierno se mantendrán unas tasas de interés mucho más altas para estos clientes hipotecarios que para quienes tienen sus créditos referenciados al euríbor, en niveles muy inferiores actualmente.
Según cálculos de la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (Adicae), la sustitución del IRPH por un índice de referencia situado en niveles prácticamente equivalentes, corregido con un diferencial, hará perder a los hipotecados una media de 2.000 euros de media al año.
Que se establezca un tipo fijo alternativo: Puede darse el caso de que en las escrituras del préstamo figure como alternativa al IRPH un tipo de interés fijo que, según los datos que maneja el portal especializado en finanzas personales HelpMyCash.com, alcanza en algunos casos el 14%.
La nueva Ley apunta que el cambio de referencia se aplicará a partir de la fecha de revisión que se prevea en cada contrato e implicará la novación automática del contrato “sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita”. Y añade que “las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta disposición”.
Fuente: Cincodias.com (20/9/13)
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