Tráfico ya prepara el proyecto normativo que rebajará la edad mínima para conducir camiones

El texto del nuevo proyecto equipara la edad mínima para la obtención de permisos de conducción con la exigida para la obtención del certificado CAP correspondiente.

La Unión Europea había establecido un plazo de dos años para la adaptación.

La Dirección General de Tráfico ha iniciado la tramitación del proyecto normativo para adecuar el vigente Reglamento General de Conductores a la nueva regulación europea sobre la edad mínima para la obtención de los permisos de conducir para camiones y autobuses.

La Directiva europea 2018/645, publicada en mayo de 2018, puso fin a la discordancia existente entre los diferentes países sobre la edad a partir de la cual se puede obtener el permiso de conducir y el certificado CAP.

Aunque establecía un plazo de adaptación de hasta dos años, España ya se prepara para ajustar las edades mínimas exigidas a las establecidas en otros Estados Miembros, como venían solicitando las asociaciones del sector del transporte desde hace muchos años, al considerar que se había creado una situación de desventaja en lo relativo al acceso de trabajadores al sector.

Esto resultaba cuanto menos chocante, en palabras de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, ya que España ocupa el segundo lugar en el ranking de desempleo juvenil en la Unión Europea.

Edad mínima según el tipo de permiso

El texto del nuevo proyecto equipara la edad mínima para la obtención de permisos de conducción con la exigida para la obtención del certificado CAP correspondiente. De este modo, una vez que sea aprobado quedará establecida en los 18 años para las categorías C1 y C1+E.

También será de 18 años para la C, C+E, D1 y D1+E, en caso de que se haya realizado el CAP inicial ordinario, mientras que si se ha optado por el acelerado, que reduce a 140 las horas de formación, la edad será de 21 años.

Por último, se fijará en 18 años para las categorías D y D+E cuando se haya realizado el CAP ordinario y siempre que sea para transportes regulares en trayectos inferiores a 50 km. En cambio, será de 21 para el resto de transportes de viajeros.

En este caso, si se ha realizado el CAP acelerado, la edad será de 21 años para transportes regulares en trayectos inferiores a 50 km y de 23 años para el resto de transportes de viajeros.

De la misma manera, el nuevo reglamento establece que el permiso de la clase B habilitará para conducir vehículos de más de 3.500 kg y menos de 4.250, siempre que el titular haya obtenido el carnet al menos dos años antes, las unidades estén propulsadas por combustibles alternativos y no se incremente la capacidad de carga respecto al mismo vehículo con motor convencional.

Fuente: Cadenadesuministro.es (26/11/18) Pixabay.com

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