Facturación con y sin IVA en la construcción: aclaraciones y ejemplos prácticos

zona en obraxsLes resumimos las principales cuestiones sobre la inversión del sujeto pasivo en ejecuciones de obra, acompañando también ejemplos prácticos al respecto, recogidas en la Ley 7/2012 (BOE 30/10/2012)

 

 FECHA DE EFECTOS

A partir del 31/10/2012

AMBITO DE APLICACION

Ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista, que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.

Afecta pues a todo el sector de la construcción, ya sea obra privada como civil.

SUJETO PASIVO

El empresario o profesional que realiza las operaciones sujetas, estará también obligado a autorepercutirse la cuota, y en su caso deducírsela (al contrario de la regla general que es el transmitente)

OBLIGACIONES FORMALES

  • En la factura sin IVA debe aparecer el siguiente texto «Operación de inversión del sujeto pasivo de acuerdo al art. 84, apartado uno, número 2º f, de la Ley 37/92 de IVA».
  • Desde el 1/1/2011 no hay obligación de emitir «autofacturas», por lo que no hay que realizarlas para ejercitar el derecho a la deducción de las cuotas soportadas de IVA.
  • Es obligatorio incluir en los libros registro de facturas recibidas, la factura original, así como la consignación de las bases, tipos, y cuotas resultantes.
  • En las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303), deberían seguirse los siguientes pasos: El adquirente debe declarar esta operación como IVA devengado en las casillas 01 a 09, y como IVA soportado, en su caso, en las casillas 22 a 25 según el inmueble tenga la consideración de bien corriente o de inversión. El transmitente deberá incluir esa operación en la casilla 44

FACTURACION SIN IVA

  • Cuando el destinatario de las operaciones sea un empresario o profesional, o parte de la cadena  de subcontratación, tanto en operaciones realizadas entre promotor y contratista, como entre contratista y otros subcontratistas. Ejemplo: contratista realiza un revestimiento de fachada para un contratista
  • Cuando excepcionalmente una Administración u Organismo Público actúe con carácter empresarial.
  • Cuando tengan por objeto la urbanización de terrenos (instalaciones telefónicas, accesos, calles y aceras, suministro eléctrico y distribución de gas…)
  • Servicios de profesionales ocasionales con una finalidad futura, de caracter de tracto sucesivo, y con la intención de obtener un resultado producido por la misma prestación. Ejemplo: un abogado especialista en parcelación, interviene en el redactado del plan de forma única y precisa.
  • Subcontratistas que realicen y facturen conjuntamente prestaciones mixtas (ejecuciones de obra y suministro de materiales). Ejemplo: empresa de excavaciones perfora un boquete, transportando también runa y materiales
  • Rehabilitaciones (cuando más del 50% del proyecto corresponde a obras de consolidación o elementos estructurales), y también edificios, carreteras, diquesEjemplo: empresa que realiza la instalación de un montacargas en una finca antigua en proceso de rehabilitación por parte de un constructor.
  • Ejecuciones de obra con mano de obra incluida. Ejemplo: industrial que realiza la instalación de fontanería y calefacción en obra nueva, y quien realiza el encargo de la misma es el promotor.

FACTURACION CON IVA

  • Cuando el destinatario de las operaciones sea un consumidor final: persona física promotora de su propia vivienda, una Comunidad de Propietarios, o una Administración u Organismo Público que NO actúe con carácter empresarial. Ejemplo: revestimiento de la fachada de un chalet de un particular.
  • Arrendamiento de servicios: Se instrumenta de forma continuada y periódica en el tiempo, atendiendo a la prestación del mismo servicio y no a la obtención del resultado que la prestación produce.  Así por ejemplo, arquitectos, abogados, ingenieros que prestan sus servicios de forma continuada para el contratista. Transportista que realiza transporte de material y runa a la obra. Empresa de seguridad factura por vigilancia en una obra.
  • Suministros de material exclusivamente. Ejemplo: Empresa suministradora de máquinas para hostelería, coloca un 2 máquinas de planchado profesional para un hotel.
  • Reformas y reparacionesEjemplo: adaptación de una rampa de minusválidos para una Comunidad de Propietarios
  • Servicios producidos en un momento posterior a la finalización de la obra. Ejemplo: instalación de un aparato de aire acondicionado a un propietario en un edificio construido 6 años atrás.

CONSEJOS

Para tener la seguridad de aplicar o no IVA correctamente, debería reclamarse al promotor por escrito ante que tipo de obra estamos, y demostrarlo mediante cualquier tipo de prueba admitida en derecho. Si el promotor es una Administración u Organismo Público, también sería conveniente que, por escrito aclarase si actúa o no con caracter empresarial.

Fuente: Elaboración propia, legaltoday.com

Más información:

Sobre Tarraco 4436 artículos
Asesoría de empresas Gestoría Tarragona

4 comentarios

  1. Buenos días tengo una preguntita, me puede indicar para sacar el iva en una empresa de construcción? este iva se saca después de haber sacado el porcentaje de utilidad ? y el porcentaje de imprevistos de qué monto sería?
    Quedo atenta mil gracias

    • La fórmula para el cálculo del margen de utilidad bruta es simple: margen = ingresos totales – costo de los productos o servicios comercializados. Para calcular el margen porcentual, se debe hacer el siguiente cálculo: margen bruto porcentual = utilidad bruta / ingresos totales x 100.
      Los imprevistos que se pueden presentar en el desarrollo del proyecto (5.75% de los costos directos y la administración, el porcentaje es fijado en común acuerdo por el contratista y el contratante)
      Saludos

  2. Buenos días, mi duda es acerca del Iva , como empresa constructora he emitido una fra a mi cliente por una reforma pequeña en un hotel , entiendo que dicha fra emitida debe llevar el iva 21% , mi pregunta es si las facturas que reciba de los subcontratistas deben llevar también Iva o pueden acogerse a la inversión del sujeto pasivo ?

    Gracias

    • Entiendo que las facturas de tus subcontratistas irán sin IVA al ser el destinatario de las operaciones sea un empresario o profesional, o parte de la cadena de subcontratación.
      Saludos

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.




Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.